Bajar ponencia aquí: personas_con_discapacidad-auditiva

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Me da mucho gusto compartir esta importante celebración del sesentenario del Instituto Mexicano de la Audición y del Lenguaje, institución ejemplar producto de la pasión compartida por varios miembros de la familia Berruecos que han logrado sostenerla con su empeño. Un homenaje para Doña Paz y Don Pedro, fundadores del proyecto.
Por su relevancia, por su alto nivel de compromiso y por su dedicación a la atención de personas con discapacidad auditiva pero también a la formación de profesionales en el campo de la audición y del lenguaje, el IMAL constituye ya un activo valioso para la sociedad mexicana que estamos obligados a preservar, proteger y apoyar.
Su actividad es un ejemplo para las instituciones privadas cuyo interés es brindar posibilidades de desarrollo e inclusión a miles de personas que por sus problemáticas específicas son altamente vulnerables a vivir aisladas, excluidas y relegadas en un país donde la atención pública no alcanza a ofrecer servicios suficientes, pertinentes y de calidad para las personas afectadas por condiciones de discapacidad.
El IMAL cumple plenamente con el objetivo de promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por las personas con discapacidad auditiva y del lenguaje y promueve el respeto de su dignidad inherente, para fraseando el Artículo 1 de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas en diciembre de 2006 y ratificada en marzo de 2007.
Pero también quisiera resaltar el hecho de que el IMAL no sólo se ha preocupado por brindar directamente servicios sino que también se ha hecho el propósito de promover y defender los derechos humanos de las personas con discapacidad y trata de incidir en las políticas públicas que tocan a este grupo de la población.
Por ello su preocupación por la disponibilidad y calidad de los servicios públicos y privados que actualmente se ofrecen en México para la atención de al menos medio millón de mexicanos y mexicanas con discapacidad auditiva de acuerdo al Censo de Población de 2010.
En la Convención citada una de sus disposiciones refiere a la habilitación y rehabilitación para que las personas con discapacidad congénita y las que tengan una discapacidad adquirida, puedan alcanzar y mantener su máxima independencia y capacidad.
Obliga asimismo al Estado entre otras cosas, a proteger y fomentar los derechos de las personas con discapacidad en todas las políticas y programas y a suspender toda práctica que infrinja los derechos de las personas con discapacidad.
El Estado es responsable de velar que tanto el sector público, como el sector privado y los individuos respeten los derechos de las personas con discapacidad y para ello debe desarrollar una serie de capacidades y servicios como lo señala la Convención.
Otras medidas que debe ser implementados por los Estados partes son:
Asimismo, los Estados Parte que firman y ratifican la Convención se obligan a:[2]
Respetar: los Estados partes no deben interferir en el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.
Proteger: los Estados partes deben impedir la vulneración de estos derechos por terceros.
Realizar: los Estados partes deben tomar las medidas oportunas de orden legislativo, administrativo, presupuestario, judicial y de otra índole que sean necesarias para el pleno ejercicio de estos derechos
Esther Fleischman y otros identificaron distintos principios educativos de las personas sordas relacionados con sus derechos humanos[3], entre ellos:
Las convenciones e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos nos ofrecen un marco ético estupendo en relación con la dignidad de todas las personas.
El desarrollo de los instrumentos se origina en la declaración Universal de los Derechos Humanos, siguió con los Pactos Internacionales en materia de derechos civiles y políticos y de derechos económicos, sociales y culturales. Ha continuado definiendo instrumentos para proteger los derechos humanos de la infancia, de las mujeres, de los migrantes y ya contamos con la Convención sobre las personas con discapacidad del 2006.
El Protocolo Facultativos de la misma está en proceso de firma y permitirá que se presenten quejas y demandas ante mecanismos internacionales cuando se violen derechos previstos en la Convención. Hessel, ideólogo de los Indignados participó en la construcción de la Declaración Universal junto con otros destacados humanistas
Por otra parte, México cuenta con la Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad (CONADIS), instancia creada por la Ley General para las Personas con Discapacidad, cuenta con varios programas que tienen el objetivo de “asegurar el cumplimiento de los derechos de las Personas con Discapacidad y contribuir a su desarrollo integral e inclusión plena”.[4]
Fuente: INEGI, XIII Censo de Población y Vivienda 2010.
Naciones Unidas. De la exclusión a la igualdad. Hacia el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. Manual para parlamentarios sobre la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo Facultativo. 2007.
Fleischman, Mar. Esther, Manero Soto, Consuelo y Carriedo Bonilla, Sonia, Coordinación a cargo de Borjón López-Coterilla, Inés, “Los derechos humanos de las personas con discapacidad auditiva”, México, 2002, Comisión Nacional de Derechos Humanos, p. 14-20.
http://www.conadis.salud.gob.mx/interior/acerca/mision1.html
http://www.inegi.org.mx/default.aspx
[1] Naciones Unidas. Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. 2006.
[2] Naciones Unidas. De la exclusión a la igualdad. Hacia el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. Manual para parlamentarios sobre la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo Facultativo. 2007.
[3] Fleischman, Mar. Esther, Manero Soto, Consuelo y Carriedo Bonilla, Sonia, Coordinación a cargo de Borjón López-Coterilla, Inés, “Los derechos humanos de las personas con discapacidad auditiva”, México, 2002, Comisión Nacional de Derechos Humanos, p. 14-20.
[4] Los programas son: Programa Nacional para el Desarrollo de la Personas con Discapacidad; Atención Integral a la Salud de las Personas con Discapacidad; Tamiz auditivo neonatal; y el Programa Nacional de Fortalecimiento de la educación Especial y de la Integración educativa. Véase http://www.conadis.salud.gob.mx/interior/acerca/mision1.html