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Edadismo. Discriminación de las personas mayores.

La silla rota. 16 de febrero de 2023

Hace dos semanas se llevó a cabo la reunión de presentación del grupo   MEXICOLECTIVO cuyo propósito es convocar a la construcción de un proyecto de nación, con la confluencia de todas las personas dispuestas a expresar sus opiniones, escuchar a otras y alcanzar consensos sobre el futuro del país.

Originalmente estuvo formado por veinte personas a las cuales, a lo largo de un año, se fueron sumando otras veinte. Cada una tuvo la oportunidad de invitar a diez personas al evento, por lo que la asistencia resultó un tanto variopinta.

Algunos de los integrantes originales, por diversas razones, decidimos no participar, ni convocar a dicho evento. Sin embargo, a pesar de haberlo notificado con oportunidad, nuestros nombres empezaron a salir en la prensa en calidad de convocantes principales cuando en realidad, en su caso, éramos cuarenta integrantes originales.

Un destacado comunicador tuvo la habilidad de obtener la edad de los ocho convocantes destacados por los medios y calculó un promedio de 73 años de edad. Su cuestionamiento principal al grupo era que no había jóvenes. Mencionó como ejemplo el caso de tres que calificó de brillantes, que curiosamente habían desertado de los partidos políticos en los que participaban.

Otro comunicador, de precisamente 73 años, que promueve diálogos en donde no deja intervenir a sus interlocutores, sostuvo que MEXICOLECTIVO era un grupo de viejos que ya habían tenido oportunidad de participar en la vida pública y que no habían aportado nada al país.

A partir de estas posiciones, podríamos concluir que las personas mayores ya no tenemos derechos de ciudadanía, no debemos participar, organizarnos, ni opinar sobre la cosa pública, que son sólo los jóvenes los responsables del futuro del país.

Que es la gerontocracia en los gobiernos, en los partidos políticos, en los poderes judiciales y legislativos, en el manejo de empresas y de universidades la que ha llevado al país a su situación actual.

Pues resulta que, de los 32 gobernadores, 21 tienen menos de 60 años (4 de ellos incluso menos de 40). De 20 integrantes del gabinete presidencial 8 tienen menos de 60 años y 4 de los líderes de los 7 partidos políticos, tienen 50 años y menos.

Los jóvenes están participando en la política, en los gobiernos, en la sociedad civil, en las redes sociales. Muchos se están formando o gozando, con todo derecho, de su juventud. Lamentablemente, representan la mayor proporción de personas en reclusión, desaparecidas y asesinadas. Los jóvenes son a la vez víctimas y victimarios de la violencia normalizada.

La desigualdad, la pobreza, la exclusión y las violencias cada vez más agudas, requieren para enfrentarlas del concurso de todas y todos, de la construcción de un pacto social y del desarrollo de una nueva estatalidad que reconozca la enorme complejidad social.

No estamos frente a problemas que derivan de las omisiones de los viejos. El edadismo, la discriminación de las personas mayores, se ha convertido en una expresión grave de intolerancia.

Colaboraciones semanales con el Instituto Mexicano de la radio

  1. COVID19. Frente a la pandemia trabajemos juntos en armonía (22 abr 2020).
  2. La irresponsabilidad personal, la ignorancia y los riesgos de fatiga ante el COVID19 (06 may 2020).
  3. Los estragos del COVID-19 en la realización del derecho a la salud en México (20 may 2020).
  4. COVID19 y la crisis del estado (03 jun 2020).
  5. Aprendizajes derivados de la pandemia sobre la importancia de recuperar el protagonismo del Estado (16 jun 2020).
  6. Urge una política de Estado en materia de prevención social de las violencias y la delincuencia (01 julio 2020).
  7. La elección de cuatro consejeros para el Consejo General de INE (15 jul 2020).

 

 

Recepción de la Medalla al Mérito de derechos humanos

El Congreso de la Ciudad de México entregó la Medalla al Mérito de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos en la Ciudad de México a la economista y activista Clara Jusidman y a la asociación civil Espacio Libre Independiente Marabunta.

Al recibir el galardón, Jusidman agradeció la distinción y afirmó que a pesar del trabajo de los defensores de derechos humanos en distintos niveles, frente a la crisis de violencia que se vive en el país y que se convierte en crisis humanitaria, se está perdiendo la batalla en el tema.

“Estamos realmente buscando un cambio cultural que ponga en el centro de la organización de nuestras sociedades el respeto y reconocimiento de la dignidad de todas las personas, para que podamos remontar tanta miseria, tanta avaricia, tanta maldad”, dijo.

Afirmó que otra forma de ejercer la defensa de los derechos humanos es mediante la denuncia, la exposición pública de violaciones e investigación de hechos que conmueven y pasan desapercibidos.

En ese sentido destacó la labor de los periodistas. “Los comunicadores que han sido objeto de persecución, desaparición, ejecuciones, hasta alcanzar este año la vergonzosa y triste cifra de 17 periodistas asesinados en nuestro país”, expuso ante diputados locales y la ombudsperson Nasheli Ramírez.

También hizo un reconocimiento a los defensores de derechos humanos “en esta triste etapa histórica de México”, en que desde organizaciones y en lo individual defienden o exigen justicia.

Además los que buscan justicia a las personas ante despojo de bienes comunales a comunidades indígenas, desplazamiento forzado, actos de discriminación a personas con discapacidad, adultos mayores o poblaciones callejeras o del encarcelamiento injusto.

Además de mujeres por causas de aborto, que son las que enfrentan la debilidad de las instituciones para cumplir con su obligación de proteger a la población o que abusan de su autoridad y ellas mismas cometen violaciones.

“Estos defensores y defensoras, con su comprometida acción cotidiana, visibilizan el desastroso estado en que se encuentra nuestro país, que provoca la grave crisis de derechos humanos que nos agobia”, dijo.

La exconstitucionalista consideró que hay muchas maneras de defender los derechos humanos y luchar por la justicia social, la democracia y la paz: desde buscando posiciones políticas donde procuran que se gobierne, legisle o se aplique la justicia con este enfoque.

Otros, afirmó, se incorporan a las instituciones que defienden derechos humanos, es decir son defensores desde las instituciones del propio Estado.

Destacó la Carta de Derechos contenida en la Constitución de la Ciudad de México, en la cual quedaron incorporados aquellos derechos ya reconocidos por la Constitución nacional, pero además nuevas garantías emergentes para alcanzar una vida digna.

Entre ellos mencionó el derecho a la movilidad, a la seguridad urbana y protección civil, al tiempo libre, al espacio público, y confió que en poco tiempo exista una legislación del derecho al cuidado, a la muerte digna, al deporte y a la buena administración.

En el marco del Día de los Derechos Humanos, los diputados de todas las bancadas hicieron un reconocimiento a Jusidman por su trabajo como activista y académica, conocedora y defensora de los derechos humanos, diputada Constituyente, entre otros.

El Congreso local también entregó la Medalla al Mérito a la asociación civil Espacio Libre Independiente Marabunta, por sus tareas de protección de derechos humanos, impulsar y defender causas vecinales y porque contribuye a la eliminación de ambientes violentos.

Sus integrantes participan como pacificadores, mediadores y defensores en movilizaciones en la Ciudad de México, porque promueven la convivencia respetuosa y sin violencia, además son voluntarios que trabajan por la paz con perspectiva humanista.

 

Artículo Original

Video

Desplazamiento Forzado Interno

Desplazamiento forzado interno en México

Clara Jusidman e Ingrith Carreón

INCIDE Social A.C.

Ponencia presentada el 05 de Septiembre de 2019 en Acapulco, Guerrero, como parte de los trabajos de integración del Programa Nacional de Derechos Humanos (PNDH) 2019 – 2024 cuya finalidad es facilitar un espacio de diálogo entre los principales actores de la sociedad en el tema de desplazamiento forzado interno, que permita generar insumos para identificar propuestas que puedan ser integradas al PNDH.

En esta exposición presentaré los derechos de las personas desplazadas internas que deben ser respetados, protegidos, garantizados y promovidos y señalaré la importancia de que el tema sea incluido en el Programa Nacional de Derechos Humanos mediante una política pública de prevención, atención y protección de las personas en situación de desplazamiento.

Situación actual del desplazamiento interno en México.

El desplazamiento forzado interno en México si bien ha estado presente desde hace tiempo, es un tema que cobra especial importancia por sus causas actuales, sus características y por su gran impacto en el respeto, protección y garantía de los derechos humanos.

La Organización de las Naciones Unidas define como personas desplazadas forzadas internas a aquellas “personas o grupos de personas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o a huir de su hogar o lugar de residencia habitual como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones a los derechos humanos o de catástrofes naturales provocadas por el ser humano y que no han cruzado una frontera internacionalmente reconocida”. Como también lo ha mencionado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la protección que debe brindarles el Estado se debe mantener hasta que las personas puedan retornar a sus lugares de origen de manera voluntaria, digna y en condiciones de seguridad o lograr su reasentamiento voluntario en otra parte del país.

Como ya se ha señalado la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos de Defensa y Promoción de Derechos Humanos (CMPDH) reporta un total de 338,405 personas en esta situación entre el 2006 y 2018, en entidades como Guerrero, Chiapas, Sinaloa, Oaxaca y Michoacán, entre otras.

De especial preocupación es que los datos señalan que en el 72% de  25 episodios de desplazamiento observados por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos en 2018 2018[1] se incluyen niñas y niños; en el 60% hubo presencia de mujeres; en el 52% de personas mayores; en el 45% personas indígenas; así también, los desplazamientos han ocurrido en la mayoría de las veces en las localidades rurales, en donde se enfrentan factores como el aislamiento y dificultad para denunciar los hechos de violencia; así como, la ausencia o la débil actuación de autoridades que acudan en su auxilio.

[1] http://www.cmdpdh.org/publicaciones-pdf/cmdpdh-episodios-de-desplazamiento-interno-forzado-en-mexico-informe-2018.pdf

Las causas del desplazamiento forzado interno han ido evolucionando en el país, así hasta antes de la década de los setentas, éstos estaban relacionados principalmente por casos de intolerancia religiosa, conflictos comunales y disputas por tierras y recursos naturales, así como por desarrollo de obras públicas como presas, mientras que particularmente a partir de los años noventa se relaciona principalmente con la violencia y la inseguridad donde se incluye la colusión entre autoridades, crimen organizado y empresas para facilitar la explotación de recursos naturales. Desde entonces se observa un incremento notable en el número de desplazados en Tamaulipas, Guerrero, Chihuahua, Veracruz y Sinaloa.

En los desplazamientos intervienen diversos actores como la delincuencia organizada, las policías comunitarias, las organizaciones de justica privada, las empresas como son las mineras y de desarrollo de energías alternativas,  autoridades gubernamentales por omisión o comisión, con incapacidad para generar seguridad, otorgar el acceso a la justicia, o por no resolver conflictos añejos relacionados con la propiedad y la tierra; por desconsiderar la opinión de las comunidades o pueblos originarios en los proyectos de infraestructura; la falta de protección de la tierra y de los recursos naturales ante el desarrollo de las actividades productivas; por confrontar al sector social frente a instancias privadas y públicas a las que el Estado brinda mayores beneficios.

La debilidad de las autoridades municipales o su colusión con grupos de poder criminales o económicos es un factor importante. Con preocupación se observa la comisión directa de delitos por parte de los agentes del estado, lo que acrecienta el ambiente de inseguridad, violencia y falta de confianza en las autoridades gubernamentales.

La falta de acciones para mitigar los efectos del cambio climático como la sequía o la ausencia de medidas preventivas para proteger la vida y el patrimonio de las personas ante los riesgos y fenómenos naturales que causan desastres, a su vez han sido algunas de las causas que han provocado la pérdida de vidas, bienes y medios de producción y han obligado a las personas a desplazarse internamente, como ocurrió con los sismos provocado en 2017, que dejaron a miles de personas en situación de desplazamiento.

 Situación actual de las víctimas en el país.

En la situación de las y los desplazados forzados internos en México, se observan las siguientes particularidades:

  1. Incremento de desplazamientos por la violencia.
  2. Invisibilidad del fenómeno debido a la ausencia de un sistema oficial de registro nacional de víctimas, con lo cual se desconoce su número, las múltiples causas que los generaron y sus consecuencias, sobre todo de los desplazamientos que se realizan de manera individual o “gota a gota”.
  3. Ausencia de alternativas de “solución verdadera”. De acuerdo con el Marco de Soluciones Duraderas para los Desplazados Internos presentado ante el Consejo de Derechos Humano de las Naciones Unidas “Una solución duradera se logra cuando los desplazados internos dejan de necesitar asistencia o protección específicas vinculadas con su situación de desplazamiento y pueden disfrutar de sus derechos humanos sin ser discriminados por esa condición”.

Por el contrario, en el país, los reasentamientos o retornos se han realizado sin condiciones de seguridad alguna, los lugares carecen de las condiciones necesarias para que las personas puedan llevar a cabo actividades productivas que permiten su auto sostenimiento o la obtención de medios de subsistencia, lo que las expone a incrementar su situación de pobreza y marginación. Asimismo, los retornos no se realizan en forma voluntaria, con lo cual, no se supera la situación de desplazamiento forzado en el que se encuentren las personas.

  1. Marginalización, explotación, abuso y pobreza. Los desplazados forzados internos tienen que dejar atrás sus proyectos de vida y en la mayoría de los casos, la pérdida de tierras, viviendas y otros bienes y componentes de su patrimonio, así como, la afectación de diversos derechos que se derivan del desarraigo y del desplazamiento.
  2. Afectación de las identidades y pertenencias culturales de las poblaciones cuyo vínculo y derecho a la tierra y territorio se ve vulnerado por el desplazamiento forzoso.
  3. Separación de sus estructuras sociales. Su situación de vulnerabilidad se incrementa ante la separación de las estructuras sociales, como la familia y las comunidades, especialmente de niñas, niños y adolescentes; mujeres, personas mayores; personas con discapacidad; mujeres madres de familia.
  4. Ausencia de legislación para prevenir y atender a los desplazados internos forzados. En Chiapas y Guerrero existen leyes, pero no se encuentran reglamentadas (2018). Esto dificulta su aplicabilidad, así como la instrumentación de programas y políticas púbicas.
  5. Las personas desplazadas internas desconocen sus derechos y las obligaciones del Estado para protegerlos.
  6. Inseguridad y la desconfianza en las autoridades. Las fuerzas de seguridad no son percibidas como agentes de protección, y tampoco de denuncia ante el temor a represalias.
  7. Persistente exposición a los grupos criminales. Los grupos de desplazados internos se convierten en un nuevo foco o recurso de reclutamiento para los propios grupos criminales.

Derechos de las personas desplazadas internas que deben ser respetados, protegidos, garantizados y promoción.

El desplazamiento forzado genera múltiples afectaciones materiales, sociales y emocionales a quienes lo padecen como la carencia de medios de subsistencia, vivienda digna, documentos de identidad, acceso a educación, salud y empleo, pérdida y abandono de propiedades y daños psicológicos, entre otros, es decir, el desplazamiento interno es una violación continua y múltiple de derechos humanos.

Ante este fenómeno, los Estados tienen cuatro obligaciones principales:

  1. la obligación de prevenir el desplazamiento;
  2. de proteger a los desplazados;
  3. de prestar y facilitar la asistencia humanitaria; y
  4. de facilitar el retorno, reasentamiento y reubicación de los desplazados.

Al respecto, los Estados deben garantizar los siguientes derechos propios de su condición de desplazamiento, así como, con los derechos humanos que deben ser garantizados a todos y que son afectados de manera particular:

  • Derecho a una protección especial y atención prioritaria
  • El desplazamiento en condiciones seguras y con respeto a los derechos humanos.
  • Derecho a la unidad familiar, al respeto a la vida familiar y al interés superior de la infancia
  • Derecho al retorno, reasentamiento o integración segura, de manera voluntaria y digna.
  • Derecho a la libre circulación y a escoger el lugar de residencia.
  • Derecho a la asistencia humanitaria.
  • Derecho a conocer el destino y paradero de las personas desplazadas que están desaparecidas.
  • Derecho a un nivel de vida adecuado mientras dure el desplazamiento y no cesen las causas que originaron el mismo.
  • Derecho a no ser discriminado.
  • Derecho a la propiedad. Tienen derecho a no ser privados arbitrariamente de sus propiedades y posesiones a causa del desplazamiento forzado interno y a que las autoridades realicen las acciones necesarias para protegerlas, en particular, contra los actos de despojo, destrucción, ocupación o cualquier uso arbitrario o ilegal.
  • Derecho al trabajo y asistencia social.
  • Derecho a la educación.
  • Derecho a la cultura. (preservación del patrimonio e identidad cultural)
  • Derecho al voto y a participar en los asuntos públicos
  • Derecho a la libertad y la seguridad personales.
  • Derecho a la salvaguarda de la integridad física, metal o moral; protección de la vida.
  • Derecho al debido proceso. Tienen derecho a una investigación pronta y eficaz que permita la identificación y enjuiciamiento de los responsables de los hechos que generaron el desplazamiento forzado interno de personas
  • Derecho a la información.
  • Derecho a la libertad de pensamiento, expresión, opinión y religión
  • Derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica. Las autoridades competentes deberán expedir todos los documentos necesarios para el disfrute y ejercicio de sus derechos legítimos
  • Derecho a la salud, incluyendo la salud mental.
  • Derecho a obtener reparación por el Estado de manera integral, adecuada, diferenciada, transformadora y efectiva.

 

Inclusión del desplazamiento forzado interno en el Programa Nacional de Derechos Humanos y medidas necesarias en el marco del diseño de una política pública de prevención, atención y protección de las personas en situación de desplazamiento

La incorporación del tema de desplazamiento en el Programa Nacional de Derechos Humanos es necesaria como un reconocimiento, visibilización y atención a la problemática que enfrenta cada vez más desafíos por la magnitud alcanzada en los últimos años, por la alta vulnerabilidad en la que se encuentran las personas y comunidades afectadas y la complejidad y el cúmulo de daños que conlleva.

Las personas desplazadas se encuentran en un marco de desprotección legal y de continua violación a sus diversos derechos humanos afectando sus proyectos de vida, su vida en comunidad y su bienestar en general, así como, el uso de los recursos naturales y el patrimonio cultural. Se trata de un fenómeno urgente de ser atendido, que también demanda de su prevención, es decir, evitar que las personas expuestas tengan que emprender la salida de su lugar de residencia como única solución.

Ante esto es indispensable la construcción de un marco de protección legal e institucional que sea capaz de garantizar los derechos humanos de las personas desplazadas internas en cualquier entidad de la República Mexicana, a fin de otorgarles protección, atención y asistencia; así como, para ofrecerles “soluciones duraderas” que les permita caminar en sus proyectos de vida y superar las condiciones que las expusieron a tomar dicha decisión; de velar por el interés público y el respeto por los derechos humanos.

De ahí que sea necesario el diseño de una política pública de prevención, atención y protección de las personas en situación de desplazamiento con enfoque de derechos humanos y con asignación presupuestaria, en el que se tomen en cuenta las causas específicas y diferenciadas, así como, los contextos sociales, políticos, económicos, culturales y ambientales, sus afectaciones individuales y sociales, además de un plan de acción de manera coordinada entre las autoridades de los tres niveles de gobierno y otros actores.

Dicha política debería incluir entre otras:

  1. Medidas de reconocimiento y visibilización del problema;
  2. Medidas de prevención que eviten su aparición
  3. Atlas actualizado de riesgos de conflictos religiosos, agrarios, políticos, de proyectos de obras, de empresas extractivas, de energías alternativas, de marinas y turismo, de riesgos ambientales, etc.
  4. Elaboración de diagnósticos específicos que incluyan las principales causas, factores y efectos de la problemática, así como, los contextos políticos, sociales, culturales y ambientales;
  5. Sistemas de alerta temprana;
  6. Desarrollo de capacidades estatales y no estatales de mediación, diálogo y solución de conflictos
  7. Protocolo para la atención inmediata (intérpretes, transporte, alimentación, atención a la salud, contención ante el estress, vestido y calzado, albergue, agua, higiene, etc.)
  8. Medidas de atención, protección de los derechos humanos y asistencia humanitaria; de retorno o reasentamiento y reubicación;
  9. Asegurar medios de subsistencia, protección al patrimonio personal y cultural y de acceso a un nivel de vida adecuado;
  10. Medidas de atención a la salud mental;
  11. Acciones de integración local de los afectados y de aceptación en las comunidades de arribo
  12. Acciones de sensibilización y difusión de derechos entre autoridades y población;
  13. La creación de un registro único nacional de personas en situación de desplazamiento forzado interno;
  14. El desarrollo de un marco normativo e institucional de prevención, protección y atención;
  15. El fortalecimiento del sistema de denuncias; de debido proceso, acceso a la justicia y reparación integral; así como, de la tipificación del delito de desplazamiento forzado interno, cuando las causas del mismo estén relacionadas con actos de violencia o que sirvan para obligar a las personas a abandonar sus residencias y bienes.
  16. Definición clara de persona víctima de desplazamiento forzado interno, sujeta de protección del Estado y del momento en que esa condición termina en razón de que se supera la situación de vulnerabilidad generada por el desplazamiento.

 

Bibliografia, Hemerografía y páginas web

-Araña Marcos Cedeño y María Teresa del Riego. Estudio sobre los desplazados por conflicto armado en Chiapas”. México. Programa Conjunto para una Cultura de Paz. ONU. 2012.

-Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Informe especial. 19S.Radiografía de un desastre. CDHDF. México. 2018.

-Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Desplazamiento interno en el Triángulo Norte de Centroamérica. Lineamientos para la formulación de políticas públicas. OEA. 2018

-Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos. “Desplazamiento forzado interno en México”. Disponible en http://cmdpdh.org/temas/desplazamiento

Episodios de Desplazamiento Interno Forzado Masivo en México. Informe 2018. DMDPDH. 2019. Disponible en http://www.cmdpdh.org/publicaciones-pdf/cmdpdh-episodios-de-desplazamiento-interno-forzado-en-mexico-informe-2018.pdf

-Comisión Nacional de Derechos Humanos. Informe sobe desplazamiento forzado interno (DFI) en México. México. CNDH. 2016

-Díaz Pérez María Cristina y Raúl Romo Viramontes. La violencia como causa de desplazamiento interno forzado. Aproximaciones a su análisis en México. SEGOB/CONAPO/UNFPA. México. 2019.

-Oficina de la ONU para la Coordinación de Asuntos Humanitarios. México: Sismo 8.2 grados Richter. Disponible en https://www.paho.org/disasters/index.php?option=com_docman&view=download&category_slug=mexico-earthquake-september-2017-1232&alias=2531-terremoto-mexico-informe-situacion-1-13-setiembre-2017-coordinador-residente-onu-531&Itemid=1179&lang=en

-Parametría. “México y sus desplazados”. Disponible eb http://www.parametria.com.mx/carta_parametrica.php?cp=4288

-Rubio Díaz Leal, Laura. “Desplazamiento por desastres en México y en el mundo: la tragedia a la vista de todos”, en Otros Diálogos del Colegio de México. Disponible en https://otrosdialogos.colmex.mx/desplazamiento-por-desastres-en-mexico-y-el-mundo-la-tragedia-a-la-vista-de-todos

-Salazar Cruz Luz María. “Modalidades del desplazamiento interno forzado en México”. Revista de Ciencias Sociales y Humanidades. Vol. 35. Núm.76. Ciudad de México. 2014.

 

Legislación e Iniciativas de Ley

-Comisión Nacional de Derechos Humanos. Propuesta General para solicitar se presente iniciativa de Ley General sobre Desplazamiento Forzado Interno. Disponible en https://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/OtrosDocumentos/Doc_2018_063.pdf

-Ley de Asistencia Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de septiembre de 2004. Disponible en  https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/328701/Ley_de_Asistencia_Social.pdf

-Ley General de Víctimas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2013. Disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGV_030117.pdf

-Ley número 487 para prevenir y atender el desplazamiento interno en el Estado de Guerrero, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado No. 58 Alcance I, el Martes 22 de Julio de 2014. Disponible en http://forodfi.cndh.org.mx/Content/doc/Normativo/Ley-487-DPI-Guerrero.pdf

-Ley para la prevención y atención del desplazamiento interno en el estado de Chiapas, publicada en el Periódico Oficial del Estado número 355, de fecha 22 de febrero del año 2012. Disponible en http://forodfi.cndh.org.mx/Content/doc/Normativo/Ley-DPI-Chiapas.pdf

 

Documentos internacionales

-Asamblea General de Naciones Unidas. Informe de la Relatora Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos. A/HRC/38/39.11 de abril de 2018.

-Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Informe del Representante del Secretario General, Sr. Francis M. Deng, presentado con arreglo a la resolución 1997/39 de la Comisión de Derechos Humanos. Principios Rectores de los Desplazamientos Internos. E/CN.4/1998/53/Add.2. 11 de febrero de 1998. Disponible en  https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2001/0022.pdf

 

Familias y Violencia. Comentario a la ponencia de la Dra. Gina Zabludovsky*

Lo que nos plantea Gina Zabludovsky en su presentación, es que la cultura del trabajo, del trabajo por pago, sigue siendo una cultura fundada en una concepción en que existe un ganador de pan, una persona remunerada en cada familia y que las mujeres se dedican esencialmente a la reproducción de la fuerza de trabajo.

Es este modelo androcéntrico en términos de la cultura de trabajo, donde se espera que el hombre sea el que obtenga el dinero y que por ello esté disponible para el trabajo remunerado a tiempo completo. De ahí deriva la enorme dificultad de las mujeres para poder entrar a este mundo regido por una serie de jerarquías, horarios, estructuras basadas en la disponibilidad total, en tanto que ellas tienen que realizar otras tareas de cuidado y reproducción. La distribución entre sexos de las tareas domésticas y de obtención de ingresos siguen siendo muy inequitativa.

Cuando la mujer entra a realizar estudios superiores no se libera de reproducir los roles para los cuales fue socializada a nivel de las familias; entra a estudios en los campos de la educación, los cuidados en salud, la atención de otros y eso hace que también al insertarse en las empresas, las ocupaciones en donde lo hacen más mujeres sean generalmente aquellas que son una extensión de su función en el hogar. Lo que me parece interesante del planteamiento de Gina es que, aún a niveles directivos, en el desempeño al interior del trabajo, cuando llegan a ocupar posiciones de dirección, reproducen nuevamente tareas que se relacionan mucho con su construcción social y cultural como mujeres.

Uno de los temas incluido en las demandas actuales del movimiento feminista, es la conciliación o armonización entre el trabajo y la vida familiar. Es uno de los temas donde se está dando una lucha en dos vertientes: una por el lado del “parental leave” o permiso parental en el que se ha estado avanzando con cierta rapidez al incluirse en la legislación de varios estados, y por otra parte se plantea la necesidad de crear sistemas de cuidado que puedan ayudar y suplir algunas de las tareas en la atención, desarrollo y protección de los seres humanos, que lamentablemente, por varias causas que comentaré después, han sido desatendidas. Se observa una disminución de los tiempos que los miembros adultos de las familias destinan al cuidado de las nuevas generaciones. Ese es el tema que desde INCIDE Social, nos ha preocupado, porque consideramos que es una de las causas de las múltiples violencias que estamos experimentando.

En INCIDE Social estudiamos a las familias desde hace 20 años y nos ha preocupado más lo que ocurre con éstas en los últimos años por la guerra en la que estamos y por la crisis humanitaria que vivimos. En esta guerra terrible nos preguntamos qué ha pasado con las familias en su rol de reproducción de seres humanos, en su papel como espacio fundamental para la socialización de la infancia y lo que hemos encontrado es que las familias son una construcción social y cultural que ha estado cambiando permanentemente, por factores económicos, sociales, demográficos, culturales e incluso políticos; que observamos ya la presencia de una serie de estructuras familiares que no nos hubiéramos imaginado anteriormente. Hay por ejemplo algo que llaman las familias “dona”, que son aquéllas en la que están solo los abuelos con los nietos debido a que la generación intermedia, padre y madre, migraron o fueron desplazados o asesinados. Hay familias donde sólo viven hermanos y hermanas, sin adultos. Observamos un cambio muy importante en las estructuras familiares y uno de ellos es que el 25% de las familias están encabezadas por mujeres.

Como economista, algo que me interesa es estudiar a la unidad familiar como unidad generadora de ingresos y como unidad de gasto, y lo que hemos visto es que las fuentes principales de ingreso de las familias, que es casi el casi el 70% se obtiene de trabajo asalariado y el 11% de trabajo independiente. Estas fuentes de ingreso familiar han sido muy dañadas por la política económica adoptada por nuestro país por cerca de 40 años. Los niveles de ingreso familiar tienen mucho que ver con la fijación del salario mínimo en este país, misma que ha permitido que ese salario vaya cayendo espectacularmente. Actualmente se requiere de cuatro personas pagadas con un salario mínimo para ganar lo que una sola obtenía en 1976 o sea, si uno ve las gráficas de salario mínimo es para ponerse a llorar, estamos con un salario mínimo por debajo incluso de los países más pobres de AL, debido a que la estrategia de contención salarial es la base de la ventaja comparativa que ofrece México en la economía globalizada, es decir, mano de obra barata.

Y esto ha tenido un efecto perverso en las familias, que han debido usar a todos sus miembros adultos y aveces hasta a los niños para poder obtener ingresos en una economía de mercado.

Ya estamos hablando de cerca del 80% de la población de México que vive en zonas urbanas, que para poder cubrir sus necesidades tienen que salir obligadamente a obtener el ingreso fuera de su hogar y esto ha provocado una desatención de las tareas de cuidado particularmente de niños y adolecentes.

Lo que encontramos es que muchos niños y adolecentes de este país, y particularmente en las zonas de maquila, que son las ciudades más violentas en el norte del país, Tijuana, Reynosa, Matamoros, Ciudad Juárez, los niños, estos llamados peyorativamente “ninis” (lo que me parece un error que se les llame así), se encuentran solos, viven mucho tiempo solos, porque sus padres trabajan en la maquila en horas cambiantes e inciertos. Lo que planteamos es que este país como constructor de seres humanos ha fallado y ello tiene mucho que ver con los niveles de violencia que vivimos.

Por el lado del consumo, las familias de menores ingresos ocupan el 50% de su ingreso en alimentos, 11% en transporte y otro 11% en energía y combustibles y esos tres ámbitos del consumo han experimentado incrementos de precios espectaculares, porque hemos generado una dependencia alimentaria del exterior, así como de los combustibles. Entonces cuando hay problemas internacionales como los que hubo en el 2007 y 2008, con un incremento notable de los precios de los alimentos, las familias sufrieron mucho y se empobrecieron debido a esa dependencia.

Así, tanto por el lado del ingreso como por el lado del consumo las familias de menores ingresos se están viendo muy agobiadas. Un mecanismo de compensación también usado por las familias ha sido el mandar trabajadores al exterior que les permite la obtención de remesas, así como los programas de transferencia monetaria de ingreso. En la actualidad el 10% de población en el extremo de la pobreza deriva el 37% de sus ingresos de transferencias monetarias. En este momento el programa más grande de transferencias monetarias alcanza a más de 6 millones de familias.

En un contexto de este tipo uno se pregunta cómo no vamos a tener un país violento, si hemos construido niños abandonados, solos. Las escuelas ya no ejercen una función de socialización adecuada, en las investigaciones que nosotros hemos hecho, los maestros cada vez se separan más de los niños, les tienen miedo y ya no ejercen una función de contención y acompañamiento.

Lo que hemos destruido debido a diversos factores son las capacidades de contención de los grupos familiares, de las escuelas y de las comunidades. Hemos fomentado en cambio el individualismo y la competencia.

El tema es cómo podemos desarrollar políticas de familia que permitan recuperar, no sé si se puedan recuperar, esas capacidades de contención y de fijación de límites y reglas que tenían las familias.

Desde esa óptica, vemos el surgimiento de grupos de víctimas consecuencia de la guerra en México: 310 mil personas desplazadas en el país, miles de viudas, huérfanos, personas discapacitadas por armas de fuego y adicciones. En 15 años ha habido 330 mil homicidios dolosos, en una mayor proporción hombres, lo que implica quitarle a las familias a uno de sus miembros para la obtención de ingresos. Las familias están también afectadas por desapariciones de sus integrantes que se calculan en cerca de 34 mil, así como por los desplazamientos, por los que están perdiendo sus patrimonios, se han tenido que salir de las zonas donde no solo está el crimen organizado sino incluso empresas mineras que están en colusión con el crimen organizado y acaban expulsando a las familias de sus comunidades. La delincuencia está despojando a personas de sus tierras y de su patrimonio en varios estados de México.

En conclusión, desde mi punto de vista,hay una presión externa muy fuerte sobre las realidades y las tareas que tendrían que cumplir las familias como constructoras de seres humanos dignos, particularmente las familias de más bajos ingresos en el país.

 

*International Conference: Inequalities and families: an interdisciplinary perspective 29-30 November & 1 December 2017 Mexico City Committee on Family Research, RC06, International Sociological Association & National Autonomous University of Mexico.

Ampliación de la cobertura de la seguridad social a los trabajadores no asalariados autónomos o que los hacen por cuenta propia y a los trabajadores asalariados que trabajan en condiciones e informalidad.

Ampliación de la cobertura de la seguridad social a los trabajadores no asalariados autónomos o que los hacen por cuenta propia y a los trabajadores asalariados que trabajan en condiciones e informalidad.

Presentado en el marco de la 2° Semana de la Seguridad Social y el Empleo
Clara Jusidman Rapoport
26 de abril de 2017
Si bien este conversatorio es sobre pensiones suficientes el tema que quisiera yo tocar es el referido a la urgente necesidad de ampliar la cobertura de la seguridad social a todas las personas de manera progresiva si en realidad queremos reducir la desigualdad, enfrentar la pobreza y la exclusión y hacer efectivos los derechos humanos contenidos en los tratados e instrumentos internacionales de los que México es parte. Es un asunto de justicia social.
Como muchos instrumentos de la política social, la seguridad social tal como funciona en México actualmente, contribuye a ampliar la desigualdad: funcionarios públicos que gozan de altas pensiones frente a millones de trabajadores que ni siquiera llegan a obtener alguna.
Entiendo que en las últimas tres décadas la conversación se ha centrado en la sustentabilidad financiera de los esquemas actuales de pensiones y en general de la seguridad social, así como en la suficiencia de los montos que reciben las personas pensionadas. También se han desarrollado las pensiones sociales no contributivas y se estableció el seguro popular que si bien son un paso, no constituyen una red de seguridad social digna para los grupos excluidos de ésta.
Hay varias razones que considero deberían llevarnos a una reflexión más profunda sobre la pertinencia de mantener el enfoque de Bismarck de la seguridad social, limitado a crear una red de protección solamente para los trabajadores asalariados. Si bien el IMSS fue de gran utilidad en la etapa de industrialización del país y durante por lo menos cuatro décadas hasta finales de los años setenta, su pertinencia empezó a ser cuestionada en los años ochenta con el cambio de política económica y de visión sobre el papel del Estado en la provisión de bienestar.
Junto con la pérdida de poder de los sindicatos y confederaciones obreras, inicia una fase de decadencia de los servicios de seguridad social y de su presencia como una de las grandes instituciones del bienestar de las personas en el país. Así, se le deja de ver como una política que contribuye a la mejoría de la vida de las familias obreras para pasar a convertirse en una especie de pesadilla para los gobiernos conservadores.
La política de contención salarial adoptada por esos gobiernos y las bajas tasas de crecimiento del empleo formal contribuyeron a su deterioro. También ha influido la negativa de los gobiernos a ampliar la base contributiva y los impuestos a los sectores de altos ingresos.
Actualmente, la seguridad social en México enfrenta al menos el envejecimiento de la población, la prolongación de la esperanza de vida y el incremento de las enfermedades crónico degenerativas, que implican mayores costos para su atención.
El tema que me interesa destacar es que a casi 75 años de su creación, los intentos de ampliación de la cobertura de la seguridad social hacia otros trabajadores o grupos de población no han sido muy exitosos y se sitúan en el margen de sus servicios: no protegen a toda la población y limitan aquellos servicios que les proporcionan a quienes logran incorporarse mediante seguros voluntarios
La realidad en este momento en el mundo del trabajo, es que si bien cerca de tres cuartas partes de la población ocupada continúa siendo asalariada, por lo menos una tercer parte de ella trabaja en condiciones de informalidad, una de cuyas características es no tener afiliación a la seguridad social y enfrentar condiciones laborales precarias. El otro 25 por ciento es población ocupada no asalariada en la que se encuentran desde profesionistas, técnicos y trabajadores del arte hasta trabajadores en servicios personales, o trabajadores industriales, artesanos y ayudantes y un porcentaje importante de comerciantes.
Si bien es cierto que una proporción de los trabajadores asalariados en condiciones de informalidad son ocupados por empresas medianas y grandes así como por gobiernos que mediante una inspección del trabajo honesta, eficiente y bien aplicada podrían incorporarse al seguro social, otros son subcontratados por empresas que proveen servicios a esos mismos empleadores (outsourcing, terciarización); y un porcentaje alto trabajan para empresas micro y pequeñas que difícilmente alcanzan a cubrir los costos de la contratación. Muchas personas trabajadoras experimentan a lo largo de su trayectoria laboral entradas y salidas al empleo formal, al informal, al desempleo y a la inactividad y no logran alcanzar las semanas de cotización para obtener una pensión.
Este grupo de trabajadores junto con los no asalariados han sido estigmatizados como trabajadores informales en el imaginario colectivo de las élites, son un lastre para la economía por sus bajos niveles de productividad, la ocupación del espacio público para realizar sus actividades, producen y venden piratería, le quitan clientela a las empresas formales, etc.
La narrativa dominante es que la informalidad debe desaparecer, todos deben ser formalizados, son unos parias y el gobierno no debe aplicar un solo centavo del presupuesto en su beneficio o para genera con la participación de ellos, algún o algunos mecanismos de protección frente a enfermedades, accidentes, muerte, vejez y desempleo.
Esa fue la actitud asumida por los partidos conservadores en las recientes discusiones sobre el derecho humano al trabajo y del trabajo en la Constitución política de la Ciudad de México, cuando intentamos que quedara un mandato para que se desarrollaran modalidades de protección social a los trabajadores autónomos, independientes o por cuenta propia.
Otra forma de entender lo que se ha llamado informalidad que incluye a poco más de la mitad de la población ocupada en el país, podría darse si se desglosan los grupos de población que la componen:
1. Personas trabajadores que venden sus servicios a los hogares ya sea a un solo empleador o a varios. Incluye empleados domésticos, jardineros, choferes, cuidadores, enfermeros, pintores, personas que dan mantenimiento a las viviendas, que reparan aparatos domésticos, vehículos, entre otros. Los hogares no son empresas con fines de lucro y muchos de ellos tendrían dificultades para cubrir los costos de la contratación formal de trabajadores, incluyendo el pago de seguridad social.
2. Un amplio sector de ocupaciones y oficios tradicionales que existían antes de que se concibiera la categoría de informales y que se realizan por cuenta propia: artesanos, artistas, operadores de transporte, profesores, músicos, fotógrafos, modistas y costureras.
3. Personas que trabajan para organizaciones y empresas no lucrativas que son contratadas por honorarios o por remuneraciones asimiladas a salarios, con mínimas prestaciones.
4. Una proporción importante de comerciantes que trabajan por su cuenta o con apoyo de trabajadores asalariados, que lo hacen en pequeños establecimientos fijos, semifijos o en forma de ambulantes. Incluye por ejemplo a los locatarios de mercados públicos y tianguis y a vendedores de comida preparada.
Todos estos grupos de personas incluyendo a profesionales, técnicos y trabajadores del arte que trabajan por cuenta propia o como “free lance” no tienen cobertura de seguridad social.
Si se enferman y no pueden trabajar, nadie les cubre al menos una proporción del ingreso que pierden, cuando envejecen tal vez tienen acceso a una pensión social y si mueren sus familias quedan desprotegidas económicamente. Son trabajadores en la pobreza o con alto riesgo de sufrirla en alguna etapa de su vida.
Personalmente me pregunto si la calidad de vida de las élites no se vería afectada de modo importante si desaparecieran los servicios prestados por los llamados trabajadores informales o si la economía mexicana podía haber sostenido las bajas remuneraciones a las personas trabajadoras formales si no existirá una oferta de bajos precios de alimentos preparados y de ropa y calzado. La proliferación de puestos de comida en zonas donde empiezan a surgir oficinas es muy notoria.
En las nuevas modalidades de trabajo están surgiendo lo que se denominan ocupaciones atípicas que no se enmarcan en el tradicional trabajo asalariado, de tiempo completo y para un solo empleador. Un ejemplo es la terciarización o subcontratación, otros es el trabajo desde la casa, los trabajadores con contratos cero que están ahí dispuestos para una empresa que los utiliza y les paga sólo cuando tiene pedidos. La relación trabajador-empleador se va diluyendo bajo nuevas modalidades y con ello la responsabilidad que los segundos tienen para ofrecer condiciones dignas de trabajo.
Desde hace varios años en el país no se generan suficientes empleo formales, ni la precarización de las condiciones en que estos se crean ofrecen incentivos para que las personas opten por un trabajo formal.
Ahora bien, la fracción XXIX del artículo 123 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos señala “Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otros encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares”
El derecho de toda persona a la seguridad social se encuentra consagrado tanto en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales como en el Protocolo Adicional en materia de Derechos Económicos Sociales y Culturales a la Convención Americana sobre Derechos Humanos conocido como Protocolo de San Salvador.
La Observación General No 19 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas sobre la seguridad social, define el contenido y alcance del derecho a la seguridad social y es clara a señalar que “ aunque toda persona tiene derecho a la seguridad social, los Estados Parte deben prestar especial atención a las personas y los grupos que tradicionalmente han tenido dificultades para ejercer este derecho en particular. Las personas que trabajan en el sector no estructurado (párrafo 31) Además, textualmente establece que “los Estados Parte deben adoptar medidas, hasta el máximo de los recursos de que dispongan, para que la cobertura de los sistemas de seguridad social se extienda a las personas que trabajan en la economía no estructurada. Estas medidas podrían incluir a) la eliminación de los obstáculos que impiden el acceso de esas personas a los planes de seguridad social no tradicionales, como el seguro comunitario; b) el otorgamiento de un nivel mínimo de cobertura de riegos e imprevistos con una expansión progresiva en el tiempo; y c) el respecto y el apoyo a los planes de seguridad social desarrollados en el marco de la economía no estructurada, como los planes de microseguros y otros planes de microcréditos afines” También propone “se podrían desarrollar planes alternativos de bajo costo para ofrecer una cobertura inmediata a los excluidos de la seguridad social, aunque el objetivo debe ser integrarlos a los planes ordinarios de seguridad social. Se podrían adoptar políticas y un marco legislativo para integrar gradualmente a las personas que trabajan en el sector no estructurado o que por otras razones están excluidas a la seguridad social (parr. 54)
La OIT en su Recomendación 204 señala que los Estados Miembro deberían b) promover la protección de la seguridad y la salud en el trabajo y extenderla a los empleadores y los trabajadores de la economía informal.
En las buenas prácticas internacionales se ha observado que las iniciativas de ampliación de la cobertura del seguro social han tenido éxito cuando incluyen la adaptación de las prestaciones, las cotizaciones y las operaciones a las características de algunas categorías de trabajadores de la economía informal. Ente otras cosas, estas podrían consistir en:
– Dar a los beneficiarios la posibilidad de afiliarse a las ramas del seguro social que deseen, según sus necesidad y capacidad de aportar cotizaciones
– Permitir cotizaciones más flexibles a fin de tener en cuenta las fluctuaciones de los ingresos o los ingresos estacionales (por ejemplo en el caso de los trabajadores agrícolas)
– Incluir mecanismos específicos para determinar los niveles de cotización de los empleados y los trabajadores independientes cuando los ingresos reales son difíciles de evaluar
– Reducir los costos del registro y, ofrecer a los contribuyentes en pequeña escala ¨regímenes simplificados¨ en función tanto del riesgo como del cumplimiento de las obligaciones impositivas.
Esquemas como el minitributo desarrollado en Uruguay es un método particular de recaudación de seguridad social, aplicado como una categoría impositiva, para trabajadores autónomos con facturación limitada y pocas actividades comerciales en comunidades y espacios públicos. Tiene principalmente por objeto promover la cobertura de la economía informal.
La extensión universal de los servicios de salud, la creación de mutuales de salud, los regímenes de microseguros, así como diversas modalidades de transferencias monetarias como son las pensiones universales a las personas mayores, a familias con hijos o a determinados grupos, como son las personas con discapacidad, huérfanos y otras personas vulnerables han proliferado en el mundo. La OIT señala que las diferentes “políticas e iniciativas sobre la extensión de la cobertura deberían enmarcarse en el contexto de una estrategia de seguridad social nacional integrada”89ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo en 2001.
Desde hace muchos años he cuestionado el hecho de que las contribuciones a la seguridad social recaigan en las empresas que ofrecen trabajo pues esos pagos encarecen el costo de la fuerza de trabajo y van en contra de las políticas de generación de empleos. Lo mismo ocurre con los socorridos impuestos sobre la nómina. Consideraría más justo que fueran las empresas que se automatizan y buscan evitar la contratación de mano de obra las que deberían cubrir los costos de las prestaciones generales a los trabajadores.
Me parece también injusto que de los impuestos generales se derive la cuota gubernamental para el pago de la seguridad social que beneficia sólo a los trabajadores asalariados y excluye a los no asalariados, particularmente cuando después de tantos años de haberse implantado la seguridad social es más que evidente que estos últimos nunca se convertirán en asalariados en condiciones formales de trabajo y por el contrario están surgiendo un número creciente de trabajos atípicos por el desarrollo tecnológico y los cambios culturales. Esta situación es discriminatoria e injusta dado que seguramente un importante número de trabajadores autónomos hacen contribuciones al presupuesto público, sin recibir la contraprestación de la seguridad social.
Me parecería entonces que la aspiración debería ser un cambio progresivo del financiamiento de la seguridad social por impuestos generales, la aplicación de una reforma tributaria más equitativa que amplíe los ingresos públicos y la incorporación progresiva a la seguridad social de aquellas personas que han sido históricamente excluidas, tomando en cuenta el máximo de recursos disponibles. Esto en el fondo significa para México un cambio profundo en la perspectiva conservadora de las élites gobernantes.

Palabras de la Diputada Clara Jusidman sobre grupos de atención prioritaria en asamblea Constituyente

Estoy tomando la palabra en esta ocasión para pronunciarme en contra del Dictamen de la Comisión de Carta de Derechos al Artículo 16. Este Artículo debería expresar el compromiso de los habitantes de la Ciudad de México y de sus autoridades con grupos de población que por su edad, sexo, condición social, jurídica o de discapacidad, su preferencia o identidad sexual, origen étnico o territorial somos discriminados  al ser invisibilizados, excluidos y desconsiderados como personas con derechos.

No se trata de grupos “vulnerables”, sino de grupos vulnerabilizados por la forma en que se nos ve, por el maltrato de que somos objeto, por el aislamiento que experimentamos o por la desconfianza o la compasión que se nos tiene por ser viejos o jóvenes, personas con discapacidad,  indígenas, niños o niñas, indigentes, o al tener una piel más obscura o hablar diferente.

En el Proyecto de Constitución del Jefe de Gobierno al desarrollar este artículo, el Grupo Redactor intentó hacerlo con una perspectiva de derechos humanos, que expusiera con claridad para los habitantes de la  Ciudad los derechos que tenemos los integrantes de estos grupos y que nos resulta de particular importancia, que sean respetados y garantizados por los demás miembros de la sociedad y por las autoridades, por nuestra dignidad como personas.

Sin embargo, al revisar el resultado del dictamen me encuentro con un cambio de enfoque donde de titulares de derechos, pasamos a ser considerados sujetos de protección y solidaridad social. Esto seguramente como resultado de una metodología impuesta a la Comisión en razón de la cual nunca se revisó y discutió colectivamente el Proyecto del Jefe de Gobierno y que desde el principio, se manejó como un acuerdo paralelo de los Partidos Políticos.

Esta visión adultocéntrica como suele denominarse, nos convierte en personas dependientes, en personas disminuidas, o incluso en personas peligrosas que requerimos ser protegidas o contenidas por nuestros padres o nuestros hijos, por la sociedad adulta y blanca  o en el mejor de los casos, por un sistema de asistencia social dado que no podemos valernos por nosotras mismas.

El primer párrafo del Artículo 16 fue cambiado para iniciar diciendo “La Ciudad de México reconoce las condiciones de vulnerabilidad que enfrentan los grupos de personas que, debido a la desigualdad estructural padecen discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y riesgo de afectación constante a sus derechos y libertades fundamentales. Se les protegerá y se les garantizará una atención prioritaria para el pleno ejercicio de sus derechos”

En el texto inicial del Proyecto del Jefe de Gobierno en este Artículo se reconoce que se les protegerá porque enfrentan, no padecen, discriminación, exclusión, maltrato, abuso etc. por lo que se les garantiza una atención prioritaria. Se señala con claridad además que “las autoridades y la sociedad son corresponsables para que estas personas puedan ejercer plenamente todos los derechos reconocidos por esta Constitución especialmente:

  1. A vivir en igualdad de condiciones en la comunidad
  2. A una vida digna y libre de discriminación y violencia
  3. A decidir sobre su persona y su patrimonio
  4. A la libertad, independencia, privacidad, intimidad y a la autonomía personal
  5. Al buen trato, al afecto, a la convivencia armónica y al cuidado por parte de sus familiares, las autoridades y la sociedad
  6. A la plena inclusión y la participación en la comunidad
  7. Al trato igualitario y al amparo frente a situaciones de desprotección”

Todos estos derechos que son aplicables a todos los grupos de atención prioritaria, fueron eliminados en el Dictamen o tomados con el enfoque asistencialista dominante en el mismo.

En el seno de esta Asamblea se ha difundido una preocupación compartida por varios interesados en la agenda de niños, niñas y adolescentes. Se percataron de que a estos en el Dictamen no  los reconoce como sujetos de derechos, por lo que ya han introducido varias reservas.  Pero igual sucede con los jóvenes, con las personas mayores, con los migrantes y las personas sujetas de protección internacional, con las víctimas, con las personas en situación de calle. Los incisos donde se expresaban sus derechos en el proyecto original fueron eliminados y sólo se privilegió la actuación de “protección” que deberían tener las autoridades respecto de esos grupos. Además en varios de estos, que no en todos los incluidos en el Artículo 16, se inician los incisos correspondientes con la protección que la Constitución debe darles.

Un ejemplo que me parece dramático personalmente porque me atañe directamente, es el texto del apartado F del artículo 16 del Dictamen que señala: Las personas mayores serán protegidas por esta Constitución en razón del principio de la solidaridad social.

Yo no quiero ser protegida por un principio de solidaridad social. Yo como persona mayor quiero ser reconocida en mi calidad de titular de derechos de recibir un trato digno y con afecto, de poder decidir sobre mi vida y sobre mi patrimonio,  sobre los tratamientos médicos que me van a aplicar o sobre mi muerte con dignidad ypoder demandar el desarrollo de infraestructura, equipamiento y mobiliario urbanos que consideren mis crecientes dificultades de movilidad.

En fin quiero que mis derechos humanos sean reconocidos por todas y todos y por las autoridades, no quiero caridad, no quiero protección, no quiero asistencia social y cuando la requiera es porque ejerzo un derecho y no porque la recibo como dádiva.

Mi propuesta es que la Comisión de Carta de Derechos recupere el enfoque de derechos humanos en el Artículo 16 y que se rescaten los incisos del Proyecto donde se enlistan aquellos derechos que son de especial importancia para el grupo correspondiente.

El matrimonio igualitario dentro de la reconfiguración de los arreglos familiares

El matrimonio igualitario dentro de la reconfiguración de los arreglos familiares.

Clara Jusidman Rapoport

21 de septiembre 2016

Foro en el Senado de la República

Las familias son construcciones sociales que responden a los cambios económicos, sociales, culturales y políticos que ocurren con la evolución de las sociedades. Su configuración, su estructura y los roles que se asignan a sus miembros van variando de acuerdo a las necesidades que deben cubrir para estos integrantes. Es así que, por ejemplo, las familias en las sociedades feudales debían asumir una serie de funciones para la sobrevivencia de sus miembros muy distinta a las que ahora cumplen las familias en sociedades modernas, secularizadas, urbanas y más educadas en las cuales los Estados y el mercado juegan un papel importante en la cobertura de las necesidades de los seres humanos. En la actualidad por ejemplo, en nuestro país un número creciente de los miembros de las familias y de sus tiempos de trabajo deben dedicarse a la obtención de ingresos para la sobrevivencia de los grupos, reduciendo los tiempos destinados al cuidado y a la reproducción de los seres humanos.

Las personas se reúnen en familias con propósitos muy diversos. Si bien es cierto que varias lo hacen con fines de procreación y subsistencia otras privilegian la convivencia, el afecto, la protección, el cuidado o la seguridad económica actual y futura. No pocas forman familias para evitar la soledad y lo hacen particularmente en la vejez y en la juventud.

Las familias contribuyen en la construcción de los seres humanos ofreciendo medios de subsistencia, afecto, transmitiendo valores y dotando de habilidades para la vida, pero aun estas funciones tan fundamentales pueden ser compartidas por otras estructuras sociales como son las organizaciones comunitarias, las escuelas, el Estado o las empresas del mercado.

El surgimiento del Estado y del mercado redistribuyó funciones en el desarrollo de los seres humanos que anteriormente eran sólo competencia de las familias y las comunidades: la provisión de alimentos, de educación, de salud, de transporte, entre otras. Las llamadas organizaciones de la sociedad civil ofrecen ahora talleres y cursos sobre valores y habilidades para la vida.

La evolución de las sociedades desde el siglo XIX donde se inicia el reconocimiento de los derechos humanos de las personas hasta llegar a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 y a la secuela de instrumentos internacionales que derivan de la misma, introducen un cambio fundamental en las relaciones que se dan al interior de las familias entre sexos y generaciones.

Las relaciones familiares experimentan modificaciones importantes frente al reconocimiento de las mujeres como personas con igualdad de derechos y obligaciones que los varones, el reconocimiento de los niños y las niñas como personas de pleno derecho y la postulación del interés superior de la infancia, así como la aceptación de la existencia de diversidad sexual entre los seres humanos. Las relaciones de subordinación de las mujeres y los miembros jóvenes de las familias con respecto a la autoridad de los hombres sufre un vuelco al reconocerse los derechos humanos de todos y todas y la cultura machista que tanto dolor y violencia causa resultó profundamente cuestionada.

A ello se agregan varios derechos reconocidos para todo ser humano: a la igualdad, a la no discriminación, a la autodeterminación, a la libertad de creencia, a la autonomía personal, a la dignidad, a una vida libre de violencia, entre otros.

Desde mi perspectiva, la compartición de funciones que antes eran exclusivas de las familias con el Estado y el mercado, el reconocimiento de que todas las personas tenemos derechos humanos y los avances en las ciencias de la reproducción humana determinan cambios sustanciales en la configuración de las familias de principios del siglo XXl.

Al nivel del Estado  obligan a la actualización de los marcos jurídicos y de las políticas y programas públicos dirigidos a las personas y las familias. Al nivel de la vida social generan modificaciones que paulatinamente van siendo aceptadas y que rompen con concepciones rígidas que ya no se adaptan a la realidad.

Así la negativa a reconocer configuraciones familiares que no se ajustan a la concepción de la llamada familia “natural” o nuclear formada por hombre y mujer unidos por matrimonio civil y religioso y sus hijos, cuyo propósito es la procreación, está siendo controvertida por las constantes transformaciones sociales que ocurren en la realidad y que van modificando los arreglos familiares que realizan las personas para la convivencia cotidiana.

Desde la creciente presencia de familias monoparentales, familias recompuestas formadas por personas que tuvieron matrimonios o arreglos de convivencia previos, las familias extensas, las familias de parejas homosexuales,  las formadas por parientes o incluso por no parientes sólo con fines de convivencia, protección, crianza y cuidado determinan que la proporción de familias nucleares de parejas heterosexuales se vaya reduciendo  en el extenso y diverso mundo de los arreglos familiares.

Es en razón de esta realidad que se transforma permanentemente y  honrando los derechos humanos de la personas de la diversidad sexual se hace indispensable en el marco jurídico que rige nuestras relaciones sociales, económicas y políticas que el matrimonio igualitario entre parejas de igual sexo sea reconocido de manera que estas parejas puedan disfrutar de iguales derechos que las de personas heterosexuales, incluyendo la herencia, la seguridad social, la propiedad compartida de bienes e incluso la adopción.

Cossío Díaz y Orozco y Villa señalan que si bien debe establecerse que en nuestro país ”existen otras figuras- como el concubinato y la sociedad de convivencia, que pueden dar protección jurídica a las parejas homosexuales-, nos parece que sería un error no reconocer el peso que aún tiene el matrimonio como institución y mecanismo de legitimación de las relaciones sociales”

El matrimonio continúa teniendo un valor simbólico importante en el compromiso de convivencia que realizan las parejas, aunque también se observa en el país que la tasa de matrimonios de parejas heterosexuales se va reduciendo en el tiempo y la edad para contraerlo se va retrasando.

Diversos estudios realizados muestran que son las mujeres, las personas con ideología progresista, las que habitan en zonas urbanas, las personas jóvenes, las personas con mayor número de años de educación y  aquellas con mayores niveles de ingreso las que muestran mayor aceptación de los matrimonios igualitarios.

La mayor resistencia y oposición se presenta entre los hombres, las personas mayores que fueron socializadas en otras épocas, los habitantes en territorios rurales, las personas con menores grados de educación y con niveles económicos más bajos y aquellas para los cuales la religión es muy importante y acuden a reuniones de grupos religiosos.

México junto con Canadá, Argentina, Uruguay, Estados Unidos, Brasil, Chile y Colombia son los países de América donde existe mayor aceptación de la población al matrimonio entre personas del mismo sexo.

El reconocimiento de la diversidad sexual y de los derechos de la población LGTBITTT, así como del matrimonio igualitario son parte de la evolución en las relaciones sociales en una sociedad moderna, secular, con mayor educación e información y crecientemente urbana.

Referencias:

Cossío, J y L. Orozco (2016), “Reconfigurando las familias desde el derecho y el matrimonio igualitario”, Coyuntura demográfica, Núm. 10, pp- 15-23.

Lodola, G y M. Corral (2010), “Apoyo al matrimonio entre personas del mismo sexo en América Latina”, Perspectivas desde el Barómetro de las Américas, Núm. 44, disponible en http://www.vanderbilt.edu/lapop/insights/I0844.esrevised.pdf

Maldonado, A (2015), “Matrimonio entre personas del mismo sexo resuena fuertemente entre los jóvenes en las Américas”, Barómetro de la Américas: Actualidad, LAPOP, disponible en http://www.vanderbilt.edu/lapop/insights/ITB021es.pdf