La reivindicación de los derechos políticos de las mujeres en México

Uno de los principales hitos del Siglo XX fue la incorporación de las mujeres al ámbito público y el reconocimiento de sus derechos humanos políticos, civiles, económicos sociales y culturales. La historia del Siglo XX fue de lucha por el reconocimiento de sus derechos primero en las leyes y después por su concreción en la práctica. Fue el siglo en donde las mujeres adquirieron ciudadana plena.

Las Revoluciones Industriales y las dos Guerras Mundiales obligaron a las economías del mundo occidental a incorporar a la fuerza de trabajo femenina en la producción industrial, cuando los hombres tuvieron que acudir a combate. Con ello se quebró la tradicional limitación de las mujeres al ámbito de lo privado, al cuidado de la familia y a la crianza de los hijos. Los derechos laborales y la mayor equidad en las relaciones familiares surgen como las primeras demandas por la igualdad de las mujeres, a la par de la demanda por el ejercicio del voto.

Algunas autoras europeas consideran que la segunda ola del feminismo (liberal sufragista) reivindica principalmente el derecho al voto de las mujeres. Esta nueva época del feminismo se extendió desde mediados del siglo XIX hasta mediados del XX, al final de la segunda Guerra Mundial.

Comienza con la Declaración de Seneca Falls, de 1848 donde mujeres y hombres pertenecientes a movimientos sociales y organizaciones de EEUU tomando como base la declaración de Independencia norteamericana, exigen cambios en las costumbres y moral de la época y en la consecución de la plena ciudadanía de las mujeres.

Durante la primera mitad del siglo XX el derecho de las mujeres a votar se va incorporando a las legislaciones democráticas, a veces limitada en edad, estrato social o nivel educativo. Socialmente, el activismo se extiende a las clases media y baja.

El primer estado en ofrecer el sufragio universal (y también permitir a las mujeres presentarse a elecciones para el parlamento) fue Australia del Sur en 1902 (según otros en 1894) y Tasmania en 1903. En Europa las mujeres pudieron ejercer su derecho a voto por primera vez en Finlandia en 1907, llegando a ocupar incluso escaños en el parlamento (primer caso en el mundo). Le siguieron pocos años después Noruega y Suecia (Wikipedia). En Gran Bretaña se les otorgó en 1917 y en Estados Unidos en 1920 dos países en donde hubo importantes y combativos movimientos sufragistas ampliamente difundidos en la prensa y conocidos a nivel mundial.

El primer país en América Latina en aprobar el sufragio femenino fue Uruguay en 1927. La legislación internacional reconoció el sufragio femenino a través de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprobada en 1948.

El 20 de diciembre de 1952 la Convención sobre los derechos políticos de la mujer [] adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas, explicita el derecho de las mujeres al voto y su acceso a cargos públicos en su Artículo I donde dispone:

  1. Las mujeres tendrán derecho a votar en todas las elecciones en igualdad de condiciones con los hombres, sin discriminación alguna

Con distintos ritmos, con diferentes historias nacionales, con el concurso de los organismos internacionales y vínculos entre movimientos de varios países las mujeres fueron alcanzando sus derechos ciudadanos y avanzando en su ejercicio cotidiano. En algunos casos fueron movimientos amplios de mujeres y hombres que lucharon por su obtención, en otros fueron grupos de mujeres políticas los que lograron su aprobación.

La historia de la consecución de los derechos políticos de las mujeres en México fue lenta. Durante la primera mitad del Siglo XX las mujeres mexicanas tuvieron que luchar por que el derecho al voto se incorporara en la legislación lo que lograron hasta 1953. Durante la segunda mitad del siglo tuvieron que luchar para que ese derecho efectivamente se concretara, al menos en los puestos de elección popular.

Momentos significativos para el reconocimiento de la ciudadanía política de las mujeres en México

Fue en los clubes de mujeres y en las revistas donde se empezó a plantear la reivindicación del voto femenino. En 1824, un grupo de mujeres de Zacatecas envía una carta al Gobierno solicitando ser reconocidas como ciudadanas plenas, dada su contribución activa a la lucha por la Independencia.

En 1884-1887 en la revista femenina Violetas del Anáhuac, fundada y dirigida por Laureana Wright González y escrita solamente por mujeres, se planteó la demanda del sufragio para la mujer y la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres.

Diversas asociaciones feministas se unen a Madero, entre ellas el Club Femenil Antireeleccionista “Las Hijas de Cuauhtémoc” fundado por Dolores Jiménez y Muro. Esta agrupación se convirtió en una importante organización feminista de finales del porfiriato. Sus integrantes protestaron por el fraude en las elecciones y demandaron la participación política de las mujeres mexicanas.

El 13 de enero 1916 se celebra el Primer Congreso Feminista impulsado por el general Salvador Alvarado como Gobernador de Yucatán. Tiene lugar en Mérida con la asistencia de poco más de 600 mujeres, la mayoría maestras en escuelas primarias. En el Congreso se plantea abiertamente la necesidad de que la mujer rompa con la tutela social y las tradiciones que la habían mantenido en un segundo plano y se discute “cuál debería ser la participación de la mujer en el México revolucionario y cómo podía ésta contribuir a la construcción de una nueva sociedad»(Ana Lau y Carmen Ramos, ‘Mujeres y revolución 1910-1917’. (Fuente: Revista Nosotras).Uno de los principales acuerdos a los que se llegó fue demandar que se otorgará el voto ciudadano a las mujeres.

En el Plan de Guadalupe como parte del argumento de lucha por la libertad de la Revolución Mexicana, se incluía el asegurar a todos los habitantes del país la efectividad y el pleno goce de sus derechos y la igualdad ante la ley. Sin embargo, al proclamarse la Constitución Mexicana de 1917, considerada altamente progresista en el reconocimiento de derechos colectivos y garantías individuales, el artículo sobre ciudadanía permaneció igual que en la Constitución de 1857. No negaba el derecho al voto a las mujeres pero identificaba el sufragio universal como un derecho exclusivamente masculino.

En la redacción de la Constitución no se le otorgó el voto a la mujer ya que se argumentaba que “[…] en el estado en que se encuentra nuestra sociedad […] las mujeres no sienten la necesidad de participar en los asuntos públicos, como lo demuestra la falta de todo movimiento colectivo en este sentido”. El argumento más fuerte era a favor de la protección de la integridad de la familia, expresando lo siguiente: “El hecho de que algunas mujeres excepcionales tengan las condiciones para ejercer satisfactoriamente los derechos políticos no funda la conclusión de que éstos deban concederse a la mujer como clase. La dificultad de hacer la selección autoriza la negativa”.

El artículo 34 de la Constitución quedó redactado de la siguiente manera: “Son ciudadanos de la República todos los que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan además los siguientes requisitos: I. Haber cumplido 18 años siendo casados y 21 si no lo son y II. Tener un modo honesto de vivir”.

El hecho de que estuviera escrito en masculino fue lo que argumentaron los diputados para negarle el voto a la mujer, pero a la vez, fue de lo que algunas mujeres activistas se agarraron para exigir su voto y ser votadas.

En 1918, Hermila Galindo, la mayor activista en favor del sufragio femenino en tiempos revolucionarios tomó ese argumento para postularse como diputada. Solo pudo recibir los votos de sus amigos varones ya que no se dejó votar a sus seguidoras.

Otra importante activista política de la época Inés Malavaez sostenía que “el sufragio no debería otorgarse a las mujeres porque consideraba que su actividad daría mejores frutos si se centraba en obras educativas y asistenciales, evitando involucrarse en el mundo de la política, plagado de vicios y capaz de corromper la moralidad atribuida a las mujeres, consideradas como espíritus  nobles y elevados a causa de su vocación maternal”. Gabriela Cano (Nexos, 2013)

Durante el gobierno de Felipe Carrillo Puerto en el Estado de Yucatán (1922-1924), se produjeron importantes avances en la lucha por los derechos de las mujeres a través de la creación de las Ligas Feministas, que tenían por objeto ser autogestoras del mejoramiento de la situación de la mujer en todos los aspectos, reconociéndose el derecho de las mujeres a participar en elecciones municipales y estatales. También durante este periodo se produjo un gran escándalo en el ámbito nacional al intentar introducir temas relativos a la educación sexual y planificación familiar, por lo que fue instaurado el 10 de mayo como el Día de las Madres, para contrarrestar dicho escándalo.

En 1923 cuando el estado de Yucatán reconoció el voto tanto municipal como estatal tres mujeres participaron como candidatas a diputadas al congreso estatal: Elvia Carrillo Puerto, Raquel Dzib y Beatriz Peniche de Ponce.

El derecho al voto de las mujeres en Yucatán no duró mucho ya que cuando el gobernador Felipe Carrillo Puerto fue asesinado ellas fueron obligadas a dejar su puesto y el voto de las mujeres fue anulado..

En ese mismo año de 1923 del 20 al 30 de mayo, la Sección Mexicana de la Liga Panamericana de Mujeres convocó al Primer Congreso Nacional Feminista, que se reunió en la Ciudad de México, con la asistencia de 100 delegadas. Sus principales conclusiones en lo político estuvieron referidas a impulsar las siguientes solicitudes:

  • La igualdad civil para que la mujer pudiera ser elegible en los cargos administrativos (en ese momento, los ayuntamientos eran cargos administrativos, no políticos) y
  • El decreto de la igualdad política y la representación parlamentaria por parte de agrupaciones sociales.

En esa época el discurso igualitario tiene dos posiciones discursivas: Hermila Galindo consideraba que las mujeres y los hombres eran ciudadanos iguales poseedores de los mismos derechos

Por su parte la posición representada por el mencionado Congreso Feminista Panamericano planteaba que las mujeres deben tener derechos de ciudadanía no porque ellas sean ciudadanas iguales a los hombres sino porque como esposas y madres de familia su participación en el proceso electoral tiene un efecto moralizados en los procesos políticos.

Como consecuencia de ese Primer Congreso el 13 de julio de ese mismo año 1923, el gobernador de San Luis Potosí, expidió un decreto en el que se concedía a las mujeres que supieran leer y escribir, tomar parte en los procesos electorales municipales y estatales.

Posteriormente, en 1925 Tabasco y Chiapas legislaron el derecho al voto de las mujeres durante los gobiernos de Tomás Garrido Canabal y César Córdoba, respectivamente. A pesar de tratarse de regiones muy distintas entre sí, los tres gobernadores contaban con el apoyo de partidos locales de orientación política socialista y radical y sostenían posturas anticlericales en grado diverso, además de fomentar la educación de las mujeres. (Gabriela Cano, Nexos 2013)

Las reformas potosina y tabasqueña tuvieron corta vida ya que fueron derogadas a los pocos años de su establecimiento; la legislación chiapaneca, en cambio, se mantuvo.

La insuficiente preparación de las mujeres fue un argumento recurrente de la élite posrevolucionaria para restringir, posponer o rechazar el voto femenino. Las posturas gradualistas y aquellas a favor del sufragio femenino restringido predominaron. Estas posturas admitían la igualdad ciudadana entre hombres y mujeres como un principio abstracto de justicia social, pero consideraban necesario postergar el reconocimiento de los derechos electorales de las mujeres hasta que estuvieran preparadas para ejercer el voto.

El voto restringido que limitaba el derecho a un sector de la población femenina que cumpliera ciertos requisitos de edad, educación o situación civil fue aceptado incluso como una medida gradualista para avanzar. Las reformas de San Luis Potosí y Tabasco establecieron el voto femenino, pero negaban el derecho al voto a las mujeres analfabetas y a las creyentes.

En 1929 surgen nuevas asociaciones de mujeres, cuyo principal objetivo es obtener los derechos políticos plenos: el partido Feminista Revolucionario y el Bloque Nacional de Mujeres Revolucionarias.

En 1934 durante la campaña presidencial del General Lázaro Cárdenas se conforma el Frente de Mujeres Mexicanas en 1935 y por primera vez las mujeres participan en las votaciones internas del Partido Nacional Revolucionario (PNR).

En 1935 se fundó el Frente Único Pro Derechos de la Mujer (FUPDM) que llegó a contar con 50 mil mujeres afiliadas. Rreunía a 800 agrupaciones femeninas de todo el país y de diversas posturas ideológicas que comparten un mismo objetivo: conquistar el derecho a votar y ser elegidas.

En 1937 el presidente Lázaro Cárdenas mandó una iniciativa de reforma del artículo 34 de la Constitución Mexicana. La iniciativa señalaba: “Son ciudadanos de la República todos los hombres y las mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan además los siguientes requisitos: I. Haber cumplido 18 años siendo casados y 21 si no lo son y II. Tener un modo honesto de vivir”. []

La iniciativa fue aprobada por las cámaras y 21 legislaturas de los estados, pero no llegó al cómputo y declaratoria para que fuera vigente. Esto sucedió porque el Partido Nacional Revolucionario (padre político del PRI) argumentó que las mujeres se verían influenciadas en su voto por los curas.

Si bien el presidente Lázaro Cárdenas promovió el voto de las mujeres, abandonó su postura ante el temor de que las mujeres inclinaran la balanza electoral a favor del candidato opositor Juan Andreu Almazán, quien competía contra Manuel  Ávila Camacho.

El Frente Único Pro Derechos de la Mujer decide en 1938, incorporarse al PNR considerando que bien valía perder la autonomía en aras de hacer ver a los opositores del movimiento femenino que no eran “ni mochas ni comunistas y que su lealtad estaba con la revolución”.

Se inicia así el debate sobre el voto feminista al interior del partido en el gobierno y de ahí en adelante se convierte en una demanda de las mujeres políticas que participaban en ese partido.

Casi treinta años pasaron desde la posibilidad de que en la Constitución de 1917 México fuera uno de los primeros países en el mundo y el primero en América Latina en aprobar la ciudadanía política de las mujeres para que el 24 de diciembre de 1946 la Cámara de Diputados aprobara la iniciativa enviada por el Presidente Miguel Alemán, en la que se adicionó al Artículo 115 Constitucional, que en las elecciones municipales participarían las mujeres en igualdad de condiciones que los varones, con el derecho a votar y ser elegidas. Entrando en vigor el 12 de febrero del siguiente año.

Según Gabriela Cano (Nexos 2013) el principal argumento que se esgrimió entonces era la cercanía y semejanza entre la vida familiar (considerada el ámbito fundamental de la vida de las mujeres) y la del municipio. Tal perspectiva reducía nuevamente el papel de las mujeres al ámbito de madre, esposa y ama de casa.

Para la década de los cincuenta la mayor parte de los países de América Latina habían establecido el sufragio universal femenino. México era signatario de la Carta de los Derechos Humanos que establecía de manera explícita la igualdad de hombres y mujeres, por lo que era una flagrante inconsecuencia haber reconocido el voto femenino sólo en el nivel municipal y mantener a las mujeres al margen de los derechos electorales estatales y federales, cuando el gobierno se había comprometido con la igualdad entre los sexos en foros internacionales.

El 9 de diciembre de 1952 el presidente Adolfo Ruiz Cortines presentó su iniciativa para reformar el Artículo 34 que la ser aceptada por el Congreso, se público en el Diario Oficial el 17 de octubre de 1953 y establece que: “Son ciudadanos de la República los varones y las mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos: haber cumplido 18 años, siendo casados, o 21 si no lo son, y tener un modo honesto de vivir”. Se gana el derecho de votar y de ser candidatas en las elecciones nacionales, obteniendo el sufragio universal.

El 3 de julio de 1955 fue la primera vez que las mujeres mexicanas ejercieron su derecho de sufragio. Aacudieron a emitir su voto a las urnas, para elegir Diputados Federales XLIII Legislatura. La primera elección presidencial donde participan las mujeres es la de 1958 donde salió triunfante Adolfo López Mateos como presidente de la República.

Gabriela Cano sostiene que la ciudadanía política llega tan tarde a México en razón de la tensión entre “el impulso sufragista, bajo la égida de algunos partidos socialistas estatales y de discursos igualitaristas y de justicia social que buscaban dar a las mujeres las mismas oportunidades educativas y los mismos derechos individuales que tenían los hombres, se enfrentó con el arraigado prejuicio relativo a que la inclinación política conservadora atribuida a las mujeres podía poner en riesgo la continuidad de las reformas y del régimen” La idea de la inclinación de las mujeres por las ideas políticas tradicionalistas y el clero estaba muy extendida entre las élites revolucionarias y posrevolucionarias y se utilizó para privarlas de sus derechos políticas durante varias décadas.

Al final de esta primera etapa en la lucha por la ciudadanía política de las mujeres en México el sufragio femenino se logró desde las instituciones del estado mediante leyes que fueron impulsadas directamente por mujeres en la política.

A modo de conclusiones

La lucha por alcanzar y avanzar en los derechos políticos de las mujeres se inicia a partir de la demanda del voto y de poder ser elegidas para puestos de elección popular.

Sin embargo en la concreción de ese derecho en cuanto a lograr posiciones en el Congreso, en las presidencias municipales y en los gobiernos estatales tuvieron que transcurrir varias décadas.

Las mujeres no llegaron a ocupar más del 12 % de los escaños en las Cámaras del Congreso hasta 1991-1993. Había una especie  de techo de cristal.

En 1993 en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) se insta a los partidos a promover una mayor participación de las mujeres en la vida política del país a través de su postulación a cargos de elección popular.

Ante la dificultad para remontar los obstáculos para que las mujeres mexicanas accedieran a puestos de elección popular, se instaura el sistema de cuotas en la reforma electoral de 1996. Las llamadas acciones afirmativas buscan romper el mencionado techo de cristal y provocar un cambio cultural en el ámbito político para ampliar las oportunidades de participación política de las mujeres. Se estableció entonces que en sus estatutos los partidos políticos considerarán que “las candidaturas a diputados y senadores no excedan el 70 por ciento para un mismo género”.

En 2002 se volvió a modificar la legislación electoral adicionando a la cuota máxima de 70 por ciento para candidatos de un mismo sexo. En 2007 se modifica de nuevo el COFIPE para dejar al 60% la cuota máxima de candidatos de un solo sexo. Actualmente en la reforma política que se está debatiendo está la propuesta de paridad en las candidaturas: el 50%.

El avance logrado en puestos para el Congreso ha sido notable a partir del sistema de cuotas, no así en otros puestos de elección popular. El 33.5% del Senado está integrado por mujeres y el 36.8%   de la Cámara de diputados en la legislatura 2012-2015.

En presidencias municipales se mantiene una proporción muy baja; para 2012 sólo el 6.8% de las presidencias municipales eran ocupadas por mujeres. Después de tener en un momento simultáneamente cuatro mujeres gobernadoras, actualmente no hay ninguna.

En el Siglo XXI el gran el reto para las mujeres es acceder a otras posiciones de toma de decisiones en los otros dos poderes del Estado, el Ejecutivo y el Judicial, así como en los órganos autónomos y en el mundo de las empresas, de la cultura y la academia y de las organizaciones sociales y civiles.

La demanda por los derechos de las mujeres está cruzada por la desigualdad. Lograr la paridad en las posiciones políticas es un sueño de las mujeres principalmente de los sectores medios.

Lentamente con rezagos comparativamente con otros países, en el Siglo XXI las mujeres mexicanas seguramente seguirán avanzando hacia la igualdad sustantiva.