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Ampliación de la cobertura de la seguridad social a los trabajadores no asalariados autónomos o que los hacen por cuenta propia y a los trabajadores asalariados que trabajan en condiciones e informalidad.

Ampliación de la cobertura de la seguridad social a los trabajadores no asalariados autónomos o que los hacen por cuenta propia y a los trabajadores asalariados que trabajan en condiciones e informalidad.

Presentado en el marco de la 2° Semana de la Seguridad Social y el Empleo
Clara Jusidman Rapoport
26 de abril de 2017
Si bien este conversatorio es sobre pensiones suficientes el tema que quisiera yo tocar es el referido a la urgente necesidad de ampliar la cobertura de la seguridad social a todas las personas de manera progresiva si en realidad queremos reducir la desigualdad, enfrentar la pobreza y la exclusión y hacer efectivos los derechos humanos contenidos en los tratados e instrumentos internacionales de los que México es parte. Es un asunto de justicia social.
Como muchos instrumentos de la política social, la seguridad social tal como funciona en México actualmente, contribuye a ampliar la desigualdad: funcionarios públicos que gozan de altas pensiones frente a millones de trabajadores que ni siquiera llegan a obtener alguna.
Entiendo que en las últimas tres décadas la conversación se ha centrado en la sustentabilidad financiera de los esquemas actuales de pensiones y en general de la seguridad social, así como en la suficiencia de los montos que reciben las personas pensionadas. También se han desarrollado las pensiones sociales no contributivas y se estableció el seguro popular que si bien son un paso, no constituyen una red de seguridad social digna para los grupos excluidos de ésta.
Hay varias razones que considero deberían llevarnos a una reflexión más profunda sobre la pertinencia de mantener el enfoque de Bismarck de la seguridad social, limitado a crear una red de protección solamente para los trabajadores asalariados. Si bien el IMSS fue de gran utilidad en la etapa de industrialización del país y durante por lo menos cuatro décadas hasta finales de los años setenta, su pertinencia empezó a ser cuestionada en los años ochenta con el cambio de política económica y de visión sobre el papel del Estado en la provisión de bienestar.
Junto con la pérdida de poder de los sindicatos y confederaciones obreras, inicia una fase de decadencia de los servicios de seguridad social y de su presencia como una de las grandes instituciones del bienestar de las personas en el país. Así, se le deja de ver como una política que contribuye a la mejoría de la vida de las familias obreras para pasar a convertirse en una especie de pesadilla para los gobiernos conservadores.
La política de contención salarial adoptada por esos gobiernos y las bajas tasas de crecimiento del empleo formal contribuyeron a su deterioro. También ha influido la negativa de los gobiernos a ampliar la base contributiva y los impuestos a los sectores de altos ingresos.
Actualmente, la seguridad social en México enfrenta al menos el envejecimiento de la población, la prolongación de la esperanza de vida y el incremento de las enfermedades crónico degenerativas, que implican mayores costos para su atención.
El tema que me interesa destacar es que a casi 75 años de su creación, los intentos de ampliación de la cobertura de la seguridad social hacia otros trabajadores o grupos de población no han sido muy exitosos y se sitúan en el margen de sus servicios: no protegen a toda la población y limitan aquellos servicios que les proporcionan a quienes logran incorporarse mediante seguros voluntarios
La realidad en este momento en el mundo del trabajo, es que si bien cerca de tres cuartas partes de la población ocupada continúa siendo asalariada, por lo menos una tercer parte de ella trabaja en condiciones de informalidad, una de cuyas características es no tener afiliación a la seguridad social y enfrentar condiciones laborales precarias. El otro 25 por ciento es población ocupada no asalariada en la que se encuentran desde profesionistas, técnicos y trabajadores del arte hasta trabajadores en servicios personales, o trabajadores industriales, artesanos y ayudantes y un porcentaje importante de comerciantes.
Si bien es cierto que una proporción de los trabajadores asalariados en condiciones de informalidad son ocupados por empresas medianas y grandes así como por gobiernos que mediante una inspección del trabajo honesta, eficiente y bien aplicada podrían incorporarse al seguro social, otros son subcontratados por empresas que proveen servicios a esos mismos empleadores (outsourcing, terciarización); y un porcentaje alto trabajan para empresas micro y pequeñas que difícilmente alcanzan a cubrir los costos de la contratación. Muchas personas trabajadoras experimentan a lo largo de su trayectoria laboral entradas y salidas al empleo formal, al informal, al desempleo y a la inactividad y no logran alcanzar las semanas de cotización para obtener una pensión.
Este grupo de trabajadores junto con los no asalariados han sido estigmatizados como trabajadores informales en el imaginario colectivo de las élites, son un lastre para la economía por sus bajos niveles de productividad, la ocupación del espacio público para realizar sus actividades, producen y venden piratería, le quitan clientela a las empresas formales, etc.
La narrativa dominante es que la informalidad debe desaparecer, todos deben ser formalizados, son unos parias y el gobierno no debe aplicar un solo centavo del presupuesto en su beneficio o para genera con la participación de ellos, algún o algunos mecanismos de protección frente a enfermedades, accidentes, muerte, vejez y desempleo.
Esa fue la actitud asumida por los partidos conservadores en las recientes discusiones sobre el derecho humano al trabajo y del trabajo en la Constitución política de la Ciudad de México, cuando intentamos que quedara un mandato para que se desarrollaran modalidades de protección social a los trabajadores autónomos, independientes o por cuenta propia.
Otra forma de entender lo que se ha llamado informalidad que incluye a poco más de la mitad de la población ocupada en el país, podría darse si se desglosan los grupos de población que la componen:
1. Personas trabajadores que venden sus servicios a los hogares ya sea a un solo empleador o a varios. Incluye empleados domésticos, jardineros, choferes, cuidadores, enfermeros, pintores, personas que dan mantenimiento a las viviendas, que reparan aparatos domésticos, vehículos, entre otros. Los hogares no son empresas con fines de lucro y muchos de ellos tendrían dificultades para cubrir los costos de la contratación formal de trabajadores, incluyendo el pago de seguridad social.
2. Un amplio sector de ocupaciones y oficios tradicionales que existían antes de que se concibiera la categoría de informales y que se realizan por cuenta propia: artesanos, artistas, operadores de transporte, profesores, músicos, fotógrafos, modistas y costureras.
3. Personas que trabajan para organizaciones y empresas no lucrativas que son contratadas por honorarios o por remuneraciones asimiladas a salarios, con mínimas prestaciones.
4. Una proporción importante de comerciantes que trabajan por su cuenta o con apoyo de trabajadores asalariados, que lo hacen en pequeños establecimientos fijos, semifijos o en forma de ambulantes. Incluye por ejemplo a los locatarios de mercados públicos y tianguis y a vendedores de comida preparada.
Todos estos grupos de personas incluyendo a profesionales, técnicos y trabajadores del arte que trabajan por cuenta propia o como “free lance” no tienen cobertura de seguridad social.
Si se enferman y no pueden trabajar, nadie les cubre al menos una proporción del ingreso que pierden, cuando envejecen tal vez tienen acceso a una pensión social y si mueren sus familias quedan desprotegidas económicamente. Son trabajadores en la pobreza o con alto riesgo de sufrirla en alguna etapa de su vida.
Personalmente me pregunto si la calidad de vida de las élites no se vería afectada de modo importante si desaparecieran los servicios prestados por los llamados trabajadores informales o si la economía mexicana podía haber sostenido las bajas remuneraciones a las personas trabajadoras formales si no existirá una oferta de bajos precios de alimentos preparados y de ropa y calzado. La proliferación de puestos de comida en zonas donde empiezan a surgir oficinas es muy notoria.
En las nuevas modalidades de trabajo están surgiendo lo que se denominan ocupaciones atípicas que no se enmarcan en el tradicional trabajo asalariado, de tiempo completo y para un solo empleador. Un ejemplo es la terciarización o subcontratación, otros es el trabajo desde la casa, los trabajadores con contratos cero que están ahí dispuestos para una empresa que los utiliza y les paga sólo cuando tiene pedidos. La relación trabajador-empleador se va diluyendo bajo nuevas modalidades y con ello la responsabilidad que los segundos tienen para ofrecer condiciones dignas de trabajo.
Desde hace varios años en el país no se generan suficientes empleo formales, ni la precarización de las condiciones en que estos se crean ofrecen incentivos para que las personas opten por un trabajo formal.
Ahora bien, la fracción XXIX del artículo 123 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos señala “Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otros encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares”
El derecho de toda persona a la seguridad social se encuentra consagrado tanto en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales como en el Protocolo Adicional en materia de Derechos Económicos Sociales y Culturales a la Convención Americana sobre Derechos Humanos conocido como Protocolo de San Salvador.
La Observación General No 19 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas sobre la seguridad social, define el contenido y alcance del derecho a la seguridad social y es clara a señalar que “ aunque toda persona tiene derecho a la seguridad social, los Estados Parte deben prestar especial atención a las personas y los grupos que tradicionalmente han tenido dificultades para ejercer este derecho en particular. Las personas que trabajan en el sector no estructurado (párrafo 31) Además, textualmente establece que “los Estados Parte deben adoptar medidas, hasta el máximo de los recursos de que dispongan, para que la cobertura de los sistemas de seguridad social se extienda a las personas que trabajan en la economía no estructurada. Estas medidas podrían incluir a) la eliminación de los obstáculos que impiden el acceso de esas personas a los planes de seguridad social no tradicionales, como el seguro comunitario; b) el otorgamiento de un nivel mínimo de cobertura de riegos e imprevistos con una expansión progresiva en el tiempo; y c) el respecto y el apoyo a los planes de seguridad social desarrollados en el marco de la economía no estructurada, como los planes de microseguros y otros planes de microcréditos afines” También propone “se podrían desarrollar planes alternativos de bajo costo para ofrecer una cobertura inmediata a los excluidos de la seguridad social, aunque el objetivo debe ser integrarlos a los planes ordinarios de seguridad social. Se podrían adoptar políticas y un marco legislativo para integrar gradualmente a las personas que trabajan en el sector no estructurado o que por otras razones están excluidas a la seguridad social (parr. 54)
La OIT en su Recomendación 204 señala que los Estados Miembro deberían b) promover la protección de la seguridad y la salud en el trabajo y extenderla a los empleadores y los trabajadores de la economía informal.
En las buenas prácticas internacionales se ha observado que las iniciativas de ampliación de la cobertura del seguro social han tenido éxito cuando incluyen la adaptación de las prestaciones, las cotizaciones y las operaciones a las características de algunas categorías de trabajadores de la economía informal. Ente otras cosas, estas podrían consistir en:
– Dar a los beneficiarios la posibilidad de afiliarse a las ramas del seguro social que deseen, según sus necesidad y capacidad de aportar cotizaciones
– Permitir cotizaciones más flexibles a fin de tener en cuenta las fluctuaciones de los ingresos o los ingresos estacionales (por ejemplo en el caso de los trabajadores agrícolas)
– Incluir mecanismos específicos para determinar los niveles de cotización de los empleados y los trabajadores independientes cuando los ingresos reales son difíciles de evaluar
– Reducir los costos del registro y, ofrecer a los contribuyentes en pequeña escala ¨regímenes simplificados¨ en función tanto del riesgo como del cumplimiento de las obligaciones impositivas.
Esquemas como el minitributo desarrollado en Uruguay es un método particular de recaudación de seguridad social, aplicado como una categoría impositiva, para trabajadores autónomos con facturación limitada y pocas actividades comerciales en comunidades y espacios públicos. Tiene principalmente por objeto promover la cobertura de la economía informal.
La extensión universal de los servicios de salud, la creación de mutuales de salud, los regímenes de microseguros, así como diversas modalidades de transferencias monetarias como son las pensiones universales a las personas mayores, a familias con hijos o a determinados grupos, como son las personas con discapacidad, huérfanos y otras personas vulnerables han proliferado en el mundo. La OIT señala que las diferentes “políticas e iniciativas sobre la extensión de la cobertura deberían enmarcarse en el contexto de una estrategia de seguridad social nacional integrada”89ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo en 2001.
Desde hace muchos años he cuestionado el hecho de que las contribuciones a la seguridad social recaigan en las empresas que ofrecen trabajo pues esos pagos encarecen el costo de la fuerza de trabajo y van en contra de las políticas de generación de empleos. Lo mismo ocurre con los socorridos impuestos sobre la nómina. Consideraría más justo que fueran las empresas que se automatizan y buscan evitar la contratación de mano de obra las que deberían cubrir los costos de las prestaciones generales a los trabajadores.
Me parece también injusto que de los impuestos generales se derive la cuota gubernamental para el pago de la seguridad social que beneficia sólo a los trabajadores asalariados y excluye a los no asalariados, particularmente cuando después de tantos años de haberse implantado la seguridad social es más que evidente que estos últimos nunca se convertirán en asalariados en condiciones formales de trabajo y por el contrario están surgiendo un número creciente de trabajos atípicos por el desarrollo tecnológico y los cambios culturales. Esta situación es discriminatoria e injusta dado que seguramente un importante número de trabajadores autónomos hacen contribuciones al presupuesto público, sin recibir la contraprestación de la seguridad social.
Me parecería entonces que la aspiración debería ser un cambio progresivo del financiamiento de la seguridad social por impuestos generales, la aplicación de una reforma tributaria más equitativa que amplíe los ingresos públicos y la incorporación progresiva a la seguridad social de aquellas personas que han sido históricamente excluidas, tomando en cuenta el máximo de recursos disponibles. Esto en el fondo significa para México un cambio profundo en la perspectiva conservadora de las élites gobernantes.

Palabras de la Diputada Clara Jusidman sobre grupos de atención prioritaria en asamblea Constituyente

Estoy tomando la palabra en esta ocasión para pronunciarme en contra del Dictamen de la Comisión de Carta de Derechos al Artículo 16. Este Artículo debería expresar el compromiso de los habitantes de la Ciudad de México y de sus autoridades con grupos de población que por su edad, sexo, condición social, jurídica o de discapacidad, su preferencia o identidad sexual, origen étnico o territorial somos discriminados  al ser invisibilizados, excluidos y desconsiderados como personas con derechos.

No se trata de grupos “vulnerables”, sino de grupos vulnerabilizados por la forma en que se nos ve, por el maltrato de que somos objeto, por el aislamiento que experimentamos o por la desconfianza o la compasión que se nos tiene por ser viejos o jóvenes, personas con discapacidad,  indígenas, niños o niñas, indigentes, o al tener una piel más obscura o hablar diferente.

En el Proyecto de Constitución del Jefe de Gobierno al desarrollar este artículo, el Grupo Redactor intentó hacerlo con una perspectiva de derechos humanos, que expusiera con claridad para los habitantes de la  Ciudad los derechos que tenemos los integrantes de estos grupos y que nos resulta de particular importancia, que sean respetados y garantizados por los demás miembros de la sociedad y por las autoridades, por nuestra dignidad como personas.

Sin embargo, al revisar el resultado del dictamen me encuentro con un cambio de enfoque donde de titulares de derechos, pasamos a ser considerados sujetos de protección y solidaridad social. Esto seguramente como resultado de una metodología impuesta a la Comisión en razón de la cual nunca se revisó y discutió colectivamente el Proyecto del Jefe de Gobierno y que desde el principio, se manejó como un acuerdo paralelo de los Partidos Políticos.

Esta visión adultocéntrica como suele denominarse, nos convierte en personas dependientes, en personas disminuidas, o incluso en personas peligrosas que requerimos ser protegidas o contenidas por nuestros padres o nuestros hijos, por la sociedad adulta y blanca  o en el mejor de los casos, por un sistema de asistencia social dado que no podemos valernos por nosotras mismas.

El primer párrafo del Artículo 16 fue cambiado para iniciar diciendo “La Ciudad de México reconoce las condiciones de vulnerabilidad que enfrentan los grupos de personas que, debido a la desigualdad estructural padecen discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y riesgo de afectación constante a sus derechos y libertades fundamentales. Se les protegerá y se les garantizará una atención prioritaria para el pleno ejercicio de sus derechos”

En el texto inicial del Proyecto del Jefe de Gobierno en este Artículo se reconoce que se les protegerá porque enfrentan, no padecen, discriminación, exclusión, maltrato, abuso etc. por lo que se les garantiza una atención prioritaria. Se señala con claridad además que “las autoridades y la sociedad son corresponsables para que estas personas puedan ejercer plenamente todos los derechos reconocidos por esta Constitución especialmente:

  1. A vivir en igualdad de condiciones en la comunidad
  2. A una vida digna y libre de discriminación y violencia
  3. A decidir sobre su persona y su patrimonio
  4. A la libertad, independencia, privacidad, intimidad y a la autonomía personal
  5. Al buen trato, al afecto, a la convivencia armónica y al cuidado por parte de sus familiares, las autoridades y la sociedad
  6. A la plena inclusión y la participación en la comunidad
  7. Al trato igualitario y al amparo frente a situaciones de desprotección”

Todos estos derechos que son aplicables a todos los grupos de atención prioritaria, fueron eliminados en el Dictamen o tomados con el enfoque asistencialista dominante en el mismo.

En el seno de esta Asamblea se ha difundido una preocupación compartida por varios interesados en la agenda de niños, niñas y adolescentes. Se percataron de que a estos en el Dictamen no  los reconoce como sujetos de derechos, por lo que ya han introducido varias reservas.  Pero igual sucede con los jóvenes, con las personas mayores, con los migrantes y las personas sujetas de protección internacional, con las víctimas, con las personas en situación de calle. Los incisos donde se expresaban sus derechos en el proyecto original fueron eliminados y sólo se privilegió la actuación de “protección” que deberían tener las autoridades respecto de esos grupos. Además en varios de estos, que no en todos los incluidos en el Artículo 16, se inician los incisos correspondientes con la protección que la Constitución debe darles.

Un ejemplo que me parece dramático personalmente porque me atañe directamente, es el texto del apartado F del artículo 16 del Dictamen que señala: Las personas mayores serán protegidas por esta Constitución en razón del principio de la solidaridad social.

Yo no quiero ser protegida por un principio de solidaridad social. Yo como persona mayor quiero ser reconocida en mi calidad de titular de derechos de recibir un trato digno y con afecto, de poder decidir sobre mi vida y sobre mi patrimonio,  sobre los tratamientos médicos que me van a aplicar o sobre mi muerte con dignidad ypoder demandar el desarrollo de infraestructura, equipamiento y mobiliario urbanos que consideren mis crecientes dificultades de movilidad.

En fin quiero que mis derechos humanos sean reconocidos por todas y todos y por las autoridades, no quiero caridad, no quiero protección, no quiero asistencia social y cuando la requiera es porque ejerzo un derecho y no porque la recibo como dádiva.

Mi propuesta es que la Comisión de Carta de Derechos recupere el enfoque de derechos humanos en el Artículo 16 y que se rescaten los incisos del Proyecto donde se enlistan aquellos derechos que son de especial importancia para el grupo correspondiente.

Posicionamiento de la Diputada Clara Jusidman sobre el artículo relativo a trabajadores no asalariados

Posicionamiento de la reserva presentada por la Diputada Clara Jusidman Rapoport, en la que se propuso modificación al artículo 15, Apartado B, del Dictamen de la Comisión de Carta de Derechos

Trabajadores no asalariados

Los trabajadores no asalariados representan el 25% de la población ocupada de la Ciudad de México, más de un millón de personas. Son empleadores que trabajan en su propio negocio, empresa, establecimiento o predio agrícola, otros trabajan por cuenta propia en empresas familiares o de manera  unipersonal, se incluye también a las personas que trabajan sin pago en el negocio o predio familiar o no familiar.

Entre la población no asalariada hay profesionistas que trabajan por honorarios (médicos, abogados, masajistas, entrenadores, maestros de diversas materias, trabajadores independientes de las artes y de la cultura, deportistas profesionales, periodistas). Otros lo hacen por cuenta propia en empresas  unipersonales o familiares (choferes de taxi o de microbus, artesanos, floristas, ferieros, comerciantes, aseadores de calzado, reparadores de vehículos o de artículos eléctricos, etc.). También se incluye a  personas que ofrecen sus servicios a los hogares como  jardineros, choferes, trabajadores domésticos, plomeros, electricistas, albañiles, entre otros.

Al no tener un patrón, carecen de las protecciones laborales y de seguridad social tanto ellos como sus familias. Cuando enferman, sufren una discapacidad o tienen un accidente deja de recibir ingresos e incurre en gastos de atención médica. Tampoco acceden a una pensión al retirarse y tienen por lo tanto, que mantenerse en activo hasta edades muy avanzadas. Es decir, es una población trabajadora que vive con gran inseguridad y poca estabilidad económica.

Como resultado, en la Ciudad de México uno de cada cuatro habitantes se encuentra en una desprotección social casi total excepto por los servicios de salud gratuitos y universales que ofrecen las instituciones de salud y por las pensiones para el adulto mayor. Los que pueden sufragarlos, utilizan seguros médicos y hospitalarios privados y en general, incurren en fuertes gastos de bolsillo frente a adversidades de salud.

Además, varios de los trabajadores no asalariados pagan sus impuestos por la vía del impuesto sobre la renta o por el IVA y contribuyen al ingreso del gobierno federal que será usado para financiar el presupuesto general. En esta lógica, una proporción de las contribuciones de estos trabajadores ayudan a cubrir las aportaciones del Gobierno Federal a las instituciones de seguridad social con lo cual están apoyando la protección social de los trabajadores asalariados, en tanto que ellos no reciben beneficio alguno.

Una situación que demanda de una respuesta normativa urgente es la que viven los trabajadores no asalariados que ejercen su actividad en el espacio público de la Ciudad de México. Se trata de una de las problemáticas más complejas que enfrenta la ciudad, al presentarse conflictos entre derechos.

La realización de actividades económicas en el espacio público es una realidad en la ciudad debido a la falta de oportunidades laborales y de trabajos dignos. Un número creciente de personas encuentran como única posibilidad de obtener ingresos, autoemplearse en el espacio público. No cuentan con el capital suficiente para instalarse en locales fijos o bien su posibilidad de proporcionar sus servicios o vender sus productos y obtener ingresos, depende de su ubicación cercana a los lugares a donde acude la población.

La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México ha recibido una gran cantidad de quejas debido a obstáculos e irregularidades que limitan el acceso a permisos para realizar sus actividades; la falta de la posibilidad de ejercerlas dignamente y de seguridad jurídica; el cobro excesivo de derechos por el uso del espacio público; la extorsión o el uso indebido de la fuerza por parte de las autoridades capitalinas en el marco de operativos en su contra; corrupción entre las autoridades y los líderes de asociaciones de comerciantes que afectan a las y los trabajadores no agremiados e incluso a las y los agremiados. Asimismo, se han presentado quejas por parte de personas vecinas que denuncian verse afectadas en sus derechos por la realización de estas actividades en el espacio público, en particular, por los residuos sólidos que se generan, tanto de origen orgánico e inorgánico, o por las condiciones insalubres en las que se desarrollan esas actividades, el congestionamiento vial, la obstaculización de los accesos a domicilios particulares, escuelas o áreas recreativas, entre otras.

Las  personas que trabajan en el espacio público no cuentan con  seguridad jurídica por lo que son sujetos de extorsión y clientelismo por parte de las autoridades y los líderes. Son vulnerables a violaciones de sus derechos humanos como el trabajo digno, la vida, la libertad e integridad personales, a la salud, al debido proceso y garantías judiciales, entre otros.

El trabajo en el espacio público es un tema presente en distintas partes del mundo. Hay países con mayores avances en su tratamiento y regulación que representan experiencias valiosas para analizar; asimismo, hay organizaciones que han impulsado procesos para lograr el reconocimiento y respecto de los derechos de los trabajadores informales. La revisión de algunas de estas experiencias permite rescatar aspectos de utilidad en la generación de propuestas para el caso de la Ciudad de México, por lo tanto, se presentan de manera sintética algunas de ellas.

La India desde hace algunos años ha ido estableciendo un conjunto de normas jurídicas, medidas y acciones dirigidas a proteger los derechos de distintos grupos de población trabajadora en el espacio público, en específico  el comercio ambulante en la vía pública.[1]

En América Latina, Colombia es un referente de utilidad como experiencia de armonización entre el derecho al trabajo de  los comerciantes en la vía pública con el derecho al uso del espacio público. En este país, la Constitución establece en su artículo 82 “[el] deber del Estado [de] velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular”.

En la ciudad de Nueva York, la venta en los espacios públicos está regulada por la autoridad local, quien expide las licencias para su ejercicio y los clasifica en cinco grandes categorías (vendedores de comida, vendedores de mercancía en general, vendedores “de la primera enmienda”, veteranos vendedores y vendedores sin licencia).

En Uruguay existe un método particular de recaudación de seguridad social llamado monotributo, aplicado como una categoría impositiva, para trabajadores autónomos con facturación limitada y pocas actividades comerciales en comunidades y entornos públicos. La Dirección General Impositiva transfiere luego una fracción de los impuestos recaudados por medio del régimen de monotributo al Instituto de Seguridad Social para financiar la cobertura de seguridad social (con excepción de las prestaciones de desempleo).

En el modelo económico adoptado por México después de la segunda Guerra Mundial se tenía como expectativa que la mayor parte de la población sería absorbida por empresas formales modernas como asalariados. En apoyo a ese proceso se crearon varias instituciones de protección social y jurídica para los trabajadores asalariados, de manera destacada el IMSS y años después el INFONAVIT. La evolución de la economía mexicana al menos en los últimos cincuenta años, es que esa expectativa no se cumplió y no se cumplirá en el futuro. La creación de empleos en el sector formal de la economía no avanza al ritmo de la nueva demanda por trabajo de la población que se incorpora a la búsqueda de ocupación y menos aún tiene la capacidad para absorber a los trabajadores  asalariados que trabajan en condiciones informales, ni a la población que se ocupa en actividades informales.

En la Ciudad de México alrededor del 48 % de la población ocupada está fuera del sector formal de la economía y enfrenta gran inseguridad jurídica.

La Ciudad de México podría adelantarse en el desarrollo de un marco normativo que contemple la seguridad jurídica de los trabajadores no asalariados en el desempeño de su trabajo con dignidad, eleve la calidad de los servicios y productos que ofrecen, les de seguridad y certidumbre al eliminar las vías de extorsión y explotación de que son objeto, regule y ordene sus actividades cuando éstas se llevan a cabo en el espacio público y las armonice con los vecinos de los lugares donde trabajan y también, logre establecer mecanismos claros, transparentes y no discrecionales para que contribuyan al erario público.

Por lo expuesto es de suma importancia que quede explícitamente definido en la Constitución de la Ciudad de México los derechos que tienen los trabajadores no asalariados y se propone se recuperen parte de la redacción del proyecto de Constitución.

[1] Para más información véase, por ejemplo, OIT, La economía informal y el trabajo decente: una guía de recursos sobre políticas apoyando la transición hacia la formalidad, op. cit.

Palabras de la Diputada Clara Jusidman sobre el derecho al cuidado en Asamblea Constituyente

Esta reserva que introduje viene acompañada por 40 compañeros y compañeras diputadas y diputados y hace referencia, más que nada, a tratar de aclarar la forma en que el dictamen dejó el concepto del derecho al cuidado, porque, como quedó registrado puede prestarse a una interpretación equívoca.

El derecho a cuidar, ser cuidado y a cuidarse tiene su correlato en la obligación de cuidar y se relaciona con la posibilidad de construir seres humanos cuyo desarrollo físico y psico-emocional, les otorgue los elementos materiales y simbólicos para vivir en sociedad a lo largo de todo su ciclo de vida.

Por naturaleza, mujeres y hombres somos seres sociales interdependientes. En distintas etapas de la vida, todos y todas necesitamos atención, cuidados, reconocimiento y apoyo, ya sea en una dimensión social, afectiva, física, emocional, laboral o económica.

El derecho al cuidado es universal y requiere medidas sólidas para lograr su efectiva materialización. Prestar y recibir atención y cuidados son acciones fundamentales para el bienestar individual y colectivo. Por lo tanto, cuando se habla sobre la provisión de cuidados se hace referencia tanto a acciones de cuidar como ala preocupación de su organización y su gestión.

La provisión de servicios de cuidado a terceras personas,  ha sido un trabajo asignado mayoritariamente a las mujeres. Por ende, se debe tener presente el papel prioritario y desigual que actualmente desempeñan éstas y como  afecta a sus vidas.

Es necesario promover su prestación compartida, corresponsable entre el Estado, el sector privado, la sociedad civil, las familias y los hogares, así como entre hombres y mujeres y entre generaciones.

El derecho al cuidado se realiza mediante el conjunto de servicios incluidos en los sistemas de protección social, de políticas públicas y de prestaciones   que maximicen la autonomía y garanticen los derechos, la dignidad y el bienestar y el disfrute de tiempo libre de las familias y las personas, especialmente de las mujeres, cuyo trabajo no remunerado debe ser reconocido.

En nuestro país, por políticas salariales restrictivas muchas familias han tenido que destinar mayor tiempo de sus integrantes jóvenes y adultos, incluso a niñas y niños, a actividades para la obtención de ingresos para sostener su vida material. Con ello se ha reducido el tiempo que pueden destinar al cuidado, tanto personal como de terceros. Esta situación, sostenida por casi cuatro décadas, ha tenido un efecto negativo en la calidad de seres humanos que, como sociedad, hemos venido construyendo.

Los servicios y las políticas de cuidado se refieren a todas y todos y así debe quedar claramente establecido en la Constitución que estamos desarrollando.

Debe atender de manera  prioritaria, a las personas en situación de dependencia por enfermedad,  discapacidad, ciclo vital, especialmente, la infancia y la vejez, así como a las personas  que de manera no remunerada, están a cargo de su cuidado, pero no exclusivamente a estos grupos de personas.

Una de las innovaciones de esta Constitución será consagrar el cuidado como un derecho, pero en la forma como quedó expresado en el dictamen, podría confundirse con un sistema de asistencia social, por ello lo que estamos planteando es que quede claramente en el párrafo que toda persona tiene derecho al cuidado que sustente su vida y le otorgue los elementos materiales y simbólicos para vivir en sociedad a lo largo de toda su vida.

Las autoridades establecerán un sistema de cuidados que preste servicios públicos universales, accesibles, pertinentes, suficientes y de calidad y desarrolle políticas públicas.

El sistema atenderá de manera prioritaria, pero no únicamente a las personas en situación de dependencia por enfermedad, discapacidad, etcétera, y a quienes de manera no remunerada están a cargo de su cuidado.

Es decir, el riesgo que tenemos como quedó redactado es que realmente estemos postulando un derecho a la asistencia social y lo que hay que plantear es que el derecho al cuidado es un derecho de todas y todos en todo el ciclo de nuestra vida.

 

VOTO PARTICULAR DE LA DIPUTADA CLARA JUSIDMAN RELATIVO AL ARTICULO DE CIUDAD SEGURA

VOTO PARTICULAR QUE PRESENTA LA DIPUTADA CLARA JUSIDMAN RAPOPORT EN CONTRA  DEL DICTAMEN CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS ARTÍCULOS 8, 9, 10,11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 48 Y 57, ASÍ COMO LOS TRANSITORIOS CUARTO, QUINTO, DÉCIMO PRIMERO, DÉCIMO SEGUNDO, DÉCIMO TERCERO Y DÉCIMO CUARTO DE LA PROPUESTA DE CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PRESENTADA POR EL C. JEFE DE GOBIERNO, EL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2016, QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE CARTA DE DERECHOS DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Con fundamento en los artículos 33 y 39 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, manifiesto mi posición contraria al dictamen de la Comisión de Carta de Derechos de la Ciudad de México.

CONSIDERACIONES

En lo relativo al artículo 19 “Ciudad segura” del dictamen, la resolución de la Comisión no incorpora en forma alguna las reflexiones vertidas en esta instancia ni las iniciativas de constituyentes ni las propuestas ciudadanas presentadas en el tema. Resulta inexplicable la desaparición de dos apartados contenidos en el proyecto original de Constitución Política de la Ciudad de México, relativos al derecho a la convivencia pacífica y solidaria y a la protección ante acciones violentas de autoridades o grupos.

El proyecto de dictamen coloca en estado de desprotección a las personas que habitan la ciudad alomitir las obligaciones de las autoridades en la construcción de entornos seguros y pacíficos, tales como la adopción del enfoque de seguridad ciudadana en el diseño, equipamiento y desarrollo urbano; así como la implementación de soluciones participativas, integrales y multidimensionales a los problemas de seguridad.

Asimismo, de manera inexplicable, se eliminó de dicho artículo la obligación de las autoridades competentes enel desarrollo de políticas para la protección de las personas frente a conductas de terceros que pongan en riesgo su vida, integridad o patrimonio; el diseño de estrategias para impulsar una cultura de no violencia y resolución pacífica de conflictos, así como la atención y prevención de estos fenómenos; el establecimiento de instancias de mediación de conflictos y promoción de la cultura cívica; y la protección de las personas y familias ante los desalojos sin previa orden judicial.

El reconocimiento de derechos sin prever las medidas que habrán de adoptar los poderes públicos para su garantía puede derivar inmediatamente en la violación a los mismos, pues el cumplimiento de estos derechos requiere la transformación de la actuación gubernamental en la materia. De tal suerte que, de no especificarse, la autoridad continuará desempeñando sus actividades de manera incoherente respecto de la Carta de Derechos.

El articulado propuesto en el dictamen desnaturaliza el objetivo del proyecto original y se aleja de la visión del derecho a la ciudad, que concibe a la convivencia pacífica como un elemento indispensable para alcanzar una ciudad segura; por lo cual, de aprobarse en sus términos, esta Asamblea Constituyente incumpliría con la Carta de la Ciudad de México por el Derecho a la Ciudad, que es un comprimiso adquirido de la entidad.

El dictamen desconoce el enfoque de seguridad humana y las recomendaciones de los organismos internacionales en materia de desarrollo humano que, frente al fracaso evidente de las políticas tradicionales de seguridad pública,prevén la ineludible construcción de una convivencia pacífica y la cultura de paz, como un medio y no sólo como un fin, para arribar a comunidades seguras.

Diversos organismos internacionales han promovido estudios sobre el aumento y comportamiento de las violencias y la delincuencia en el mundo y han concluido que existe una mayor propensión a la presencia de estos fenómenos en las ciudades. Las investigaciones sobre la seguridad urbana, entendida por el Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos como «las intervenciones que tienen por objeto garantizar la libertad y evitar agresiones entre las personas, contra los bienes públicos y privados, así como en contra del uso de la ciudad, su equipamiento y los espacios públicos por los residentes o visitantes de la ciudad” (ONU-Habitat, 2007)., mencionan que algunas de las principales amenazas a la seguridad son la criminalidad y la violencia, la inseguridad en la tenencia de la vivienda y los desalojos forzosos, así como los desastres naturales y antropogénicos.

El Banco Mundial destaca que en las ciudades el papel que juega la construcción del contexto ambiental en el sentimiento de inseguridad y la violencia urbanas y señala cuatro aspectos principales: “a) una infraestructura inadecuada, que a menudo significa la ausencia de un lugar seguro para realizar reuniones comunitarias o encuentros en lugares públicos; b) los callejones angostos o la falta de alumbrado público, los cuales crean oportunidades para los asaltos violentos; c) las limitaciones en infraestructura y servicios, que se suman a las frustraciones diarias que pueden exacerbar la sensación de exclusión (la inadecuada infraestructura torna vulnerables a los residentes que tratan de cubrir sus necesidades básicas), y d) el rápido crecimiento de las ciudades, el cual lleva aparejada la formación caótica de barrios de población con bajos ingresos en los cuales el hacinamiento y la competencia por recursos se combinan con la débil presencia de seguridad estatal para prevenir la violencia y la criminalidad.”[1]

El apartado relativo al derecho a la convivencia pacífica y solidaria contenido en el proyecto de Constitución propone un giro en la concepción de seguridad, al privilegiar al dialogo y la negociación para resolver conflictos como el delito callejero, la violencia y el crimen ejercidos en contra y por jóvenes, la violencia de género, la corrupción, la violencia ilegal por parte de actores estatales y la delincuencia organizada a través de medios no violentos. El sentido de este voto particular es recuperar la propuesta contenida en el proyecto de Constitución Política de la Ciudad de México.

La experiencia de otras sociedades que han superado graves situaciones de violencia ha demostrado la efectividad de la participación de la comunidad en el diseño, seguimiento y evaluación enlas políticas de seguridad, sobre todo en materia de prevención. El establecimiento de instrumentos de justicia restaurativa, como la mediación comunitaria son vitales para fortalecer el tejido social y el restablecimiento de las relaciones entre las personas y comunidades.

El Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo ha recomendado la adopción de diversas medidas en la materia desde una perspectiva de seguridad ciudadana participativa, entre otras: atender de manera integral los múltiples factores socioeconómicos asociados al delito y a la violencia; fortalecer el tejido social, como espacio de protección y movilidad social;dar respuestas integrales, pero diferenciadas, a las amenazas a la seguridad;dar una atención prioritaria a la juventud, dejando atrás las políticas que le otorgan prioridad a la mano dura;visibilizar y reducir la violencia de género; atender, proteger y reparar a las víctimas de la inseguridad, ya sean personas o colectividades; combinar el trabajo en los diferentes niveles territoriales, atendiendo las tres dimensiones vinculadas al desarrollo humano: la individual, la social y la institucional; fortalecer las capacidades del Estado, colocando al centro la protección de la integridad física y material de las personas, así como el respeto a los derechos humanos; asegurar una adecuada coordinación entre el Estado y las organizaciones de la sociedad civil; y garantizar la seguridad de los periodistas y coadyuvar a la construcción de seguridad desde los medios de comunicación.

A fin de establecer las líneas que habrán de orientar la legislación secundaria y la adopción de políticas para la construcción de una ciudad segura, se transcriben algunas recomendaciones en la materia:

  1. Impulsar intervenciones integrales orientadas a responder a las amenazas a la seguridad identificadas como prioritarias por parte de las comunidades afectadas. Estas intervenciones deben estar precedidas por una serie de políticas y reformas institucionales que permitan modernizar los sistemas de seguridad y justicia, así como acercar las instituciones del Estado a las comunidades.
  2. Mejorar la calidad de la información y adoptar nuevas tecnologías de recolección de datos delictivos —como la creación de estadísticas georreferenciadas— con el fin de reducir la incidencia delictiva y optimizar la utilización y asignación de recursos—como el patrullaje y las unidades de policía—. Las universidades y los centros de investigación son aliados clave en esta materia. Es recomendable que se generen alianzas estratégicas con estos actores en aras de modernizar la gestión de información y adoptar nuevas tecnologías.
  3. Asegurar el compromiso sostenido de los tomadores de decisión en la implementación de intervenciones que han demostrado resultados exitosos, más allá de cambios electorales o divisiones partidistas. Cambiar o abandonar una política de seguridad que ha funcionado resulta muy costoso en términos de la construcción de seguridad ciudadana. En este sentido, la participación ciudadana es clave para promover la rendición de cuentas y la continuidad en una política de seguridad ciudadana. También es importante el compromiso político de los distintos actores y partidos al interior de un país.
  4. Fomentar la participación activa de los ciudadanos en la formulación e implementación de estas intervenciones. En particular, la participación directa de los barrios y comunidades en los cuales dichas intervenciones se llevan a cabo debe ser entendida como un requisito. Los actores locales necesitan ser parte integral de los programas, informar a las autoridades sobre cuáles son las necesidades y prioridades locales, y coadyuvar en el monitoreo y evaluación de los alcances que éstos tengan.
  5. Fortalecer la evaluación de estas iniciativas y establecer medidores de éxito más claros y transparentes. A pesar de que algunas intervenciones se han evaluado de manera más rigurosa, existen retos importantes en la mayoría de los casos. En este rubro, la coparticipación de organizaciones de la sociedad civil y de actores internacionales resulta fundamental para asegurar la provisión de recursos financieros y conocimiento.[2]

En el mismo sentido, la presente propuesta obliga alas autoridades de la Ciudad de México a desarrollar mecanismos en las cuatro fases de la atención de amenazas a la seguridad urbana: protección, prevención, mitigación, atención de riesgos ambientales, urbanos y sociales apropiados a cada contexto, en el ámbito de sus competencias; y en su caso, a que adopten medidas de reparación de daño.Una visión integral de este artículo debería reflejarse en diversas acciones de las autoridades en materia de seguridad urbana, tales como:

  1. La vigilancia estricta y mantenimiento oportuno y adecuado de la infraestructura urbana entendida como el conjunto de redes básicas de conducción y distribución: vialidad, agua potable, drenaje y alcantarillado, energía eléctrica, gas, teléfono, internet y sistemas de televisión por cable.
  2. El desarrollo y actualización de la normatividad para los nuevos desarrollos de infraestructura y construcciones privadas con visión de seguridad ciudadana.
  3. La adopción de mecanismos de alerta para mitigar los posibles efectos de catástrofes y/o accidentes e informar adecuadamente a la población.
  4. La elaboración, actualización y publicación constante de mapas de riesgos ambientales, urbanos y sanitarios.
  5. La adopción de políticas y programas para reducir la contaminación del aire, del agua, del ruido, la destrucción de zonas de reserva, verdes y boscosas, y el agotamiento de los mantos freáticos.
  6. El desarrollo de estrategias para garantizar la seguridad vial.
  7. El mantenimiento, capacitación y dotación adecuada de los equipos de rescate, salvamento y auxilio.
  8. El impulso y el apoyo a procesos organizativos que incluyan la prevención de desastres, accidentes y la mitigación de riesgos con la más amplia participación ciudadana.

En materia de seguridad ciudadana y prevención de las violencias y la delincuencia, las  autoridades deben:

  1. Emitir políticas de seguridad ciudadana integrales y sustentables privilegiando el diseño e implementación de planes y programas de protección, prevención y sanción
  2. Instrumentar medidas preventivas para la mejora del entorno urbano, el mantenimiento adecuado de los espacios públicos, el alumbrado público y el desarrollo de nuevas edificaciones con un enfoque de seguridad ciudadana.
  3. Implementar sistemas de alerta y vigilancia y difundir estrategias de autoprotección.
  4. Reforzar las capacidades, articulación y coordinación de los mecanismos locales y metropolitanos de seguridad ciudadana.
  5. Promover el diálogo entre autoridades y ciudadanos para buscar soluciones integrales y multidimensionales a los problemas de seguridad.

Por todo lo anterior, someto a la consideración de este pleno retomar la propuesta contenida para los apartados B, C y D del artículo 18 del Proyecto de Constituión Política de la Ciudad de México, para ser incorporada en el artículo relativo a Ciudad segura en los siguientes términos:

Dice Debe decir

Artículo 19
Ciudad segura

A.(…)

Artículo 19
Ciudad segura

A. (…)

B. Derecho a la seguridad ciudadana y a la prevención de las violencias y del delitoToda persona tiene derecho a la convivencia pacífica y solidaria, a la seguridad ciudadana y a vivir libre de amenazas generadas por el ejercicio de las violencias y los delitos. Las autoridades adoptarán las medidas necesarias para impulsar una cultura restaurativa y de no violencia, así como para brindar protección y seguridad a las personas frente a riesgos y amenazas. B. Derecho a la seguridad ciudadana y a la prevención de las violencias y la delincuencia1.         Toda persona tiene derecho a vivir libre de amenazas generadas por las violencias y delitos.2.         Las autoridades de la ciudad adoptarán las medidas necesarias para brindar protección a las personas frente a los riesgos generados por la violencia y la delincuencia a través de mecanismos efectivos de vigilancia policial, inversión en infraestructura de seguridad ciudadana y de procuración e impartición de justicia.3.         Corresponde a las autoridades de la ciudad, en el ámbito de sus competencias:a)        Incorporar el enfoque de seguridad ciudadana en el diseño, equipamiento y desarrollo urbano;b)        Emitir políticas de seguridad ciudadana privilegiando el diseño e implementación de planes y programas de protección, prevención y sanción;c)        Reforzar las capacidades, articulación y coordinación de los mecanismos locales y metropolitanos de seguridad ciudadana; yd)        Promover el diálogo entre autoridades y ciudadanía para buscar soluciones participativas, integrales y multidimensionales a los problemas de seguridad.

C. Derecho a la convivencia pacífica y solidaria

1.         Toda persona tiene derecho a la convivencia pacífica y solidaria.

2.         Las autoridades de la ciudad:

a)        Desarrollarán políticas para la protección de las personas frente a conductas de terceros que pongan en riesgo su vida, integridad o patrimonio;

b)        Diseñarán estrategias para impulsar una cultura de no violencia y resolución pacífica de conflictos, así como la atención y prevención de estos fenómenos; y

c)        Establecerán instancias de mediación de conflictos y promoción de la cultura cívica.

D. Derecho a la protección ante acciones violentas de autoridades o grupos

1.         Ninguna persona o familia será desalojada sin previa orden judicial.

2.         En los casos de desalojos sustentados legalmente, las autoridades de la ciudad garantizarán la protección y la seguridad de las personas y de su patrimonio.

 

PROYECTO DE DECRETO:

PRIMERO. Se modifica los apartados B, C y D del artículo 19, Ciudad segura, del Dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Carta de Derechos, para quedar como sigue:

Artículo 19

Ciudad segura

  1. (…)
  2. Derecho a la seguridad ciudadana y a la prevención de las violencias y la delincuencia
  3. Toda persona tiene derecho a vivir libre de amenazas generadas por las violencias y delitos.
  4. Las autoridades de la ciudad adoptarán las medidas necesarias para brindar protección a las personas frente a los riesgos generados por la violencia y la delincuencia a través de mecanismos efectivos de vigilancia policial, inversión en infraestructura de seguridad ciudadana y de procuración e impartición de justicia.
  5. Corresponde a las autoridades de la ciudad, en el ámbito de sus competencias:
  6. Incorporar el enfoque de seguridad ciudadana en el diseño, equipamiento y desarrollo urbano;
  7. Emitir políticas de seguridad ciudadana privilegiando el diseño e implementación de planes y programas de protección, prevención y sanción;
  8. Reforzar las capacidades, articulación y coordinación de los mecanismos locales y metropolitanos de seguridad ciudadana; y
  9. Promover el diálogo entre autoridades y ciudadanía para buscar soluciones participativas, integrales y multidimensionales a los problemas de seguridad.

 

  1. Derecho a la convivencia pacífica y solidaria
  2. Toda persona tiene derecho a la convivencia pacífica y solidaria.
  3. Las autoridades de la ciudad:
  4. Desarrollarán políticas para la protección de las personas frente a conductas de terceros que pongan en riesgo su vida, integridad o patrimonio;
  5. Diseñarán estrategias para impulsar una cultura de no violencia y resolución pacífica de conflictos, así como la atención y prevención de estos fenómenos; y
  6. Establecerán instancias de mediación de conflictos y promoción de la cultura cívica.

 

  1. Derecho a la protección ante acciones violentas de autoridades o grupos
  2. Ninguna persona o familia será desalojada sin previa orden judicial.
  3. En los casos de desalojos sustentados legalmente, las autoridades de la ciudad garantizarán la protección y la seguridad de las personas y de su patrimonio.

 

[1]Cepal. El crecimiento urbano y las violencias en México.Serie Estudios y Perspectivas – México – N° 168

[2]Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Informe Regional de Desarrollo Humano 2013-2014. Seguridad ciudadana con rostro humano: diagnóstico y propuestas para América Latina, Centro Regional de Servicios para América Latina y el Caribe Dirección Regional para América Latina y el Caribe- PNUD, 2013, p. 213.

La integración de la Asamblea Constituyente de la CDMX

La integración de la Asamblea Constituyente de la CDMX.

Clara Jusidman.

El 15 de septiembre pasado tomaron protesta los diputados y diputadas de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México. Con una integración cuestionada de origen y definida  en la Reforma Política del Distrito Federal aprobada en febrero pasado, la Asamblea quedó integrada por 100 personas: 60  elegidas por listas de partidos en junio pasado con una votación de sólo el 28% de la lista nominal de electores de la Ciudad y 40  designados por poderes ya constituido: 28 por las Cámaras del Congreso, 6 por el Presidente de la República y otros 6 por el Jefe de Gobierno de la Ciudad.

La integración final de la Asamblea Constituyente nada tiene que ver con la distribución de las preferencias electorales de los habitantes de la Ciudad de México. Veamos qué ha pasado.

Sin incluir la filiación partidista de los designados por el Jefe de Gobierno y por el Presidente y al distribuir por partidos a los designados por las Cámaras de Senadores y de Diputados, Morena contará con 22 diputados, el PRD con 23, el PAN con 15 y el PRI y sus partidos satélite con 24, dos más pertenecen al Movimiento Ciudadano. Hay un sólo diputado independiente.

Al agregar los designados por Mancera y Peña Nieto a pesar de las triquiñuelas introducidas en la Reforma Constitucional en la conformación de la Asamblea, es muy probable que la izquierda cuente con 54 representantes, el PRI y sus aliados con 30 y el PAN con 15.

Las protestas expresadas por Morena respecto de la integración final de la Asamblea se sustentan en la enorme desconfianza que se tiene respecto de los manejos parlamentarios del PRI. Tres hechos relacionados con la Asamblea lo prueban: en primer lugar 20 diputaciones de las 30 que tienen del PRI y sus aliados se obtuvieron por la vía de las designaciones del Congreso y del Presidente. Un segundo hecho se relaciona con la distribución de asientos en la antigua sede del Senado donde el PRI y sus aliados ocupan los asientos colocados en medio de sala, exactamente enfrente del presídium, en tanto que los diputados y las diputadas de Morena fueron enviados casi a la galería. El tercer hecho fue la enorme habilidad del PRI para conseguir un representante entre los designados por el Presidente, para que fungiera como presidente de la Junta Instaladora de la Asamblea, posición que recayó en la persona de Augusto Gómez Villanueva.

En este momento 12 de los integrantes de la Asamblea están discutiendo el reglamento que regirá sus trabajos, seguramente encontraremos más sorpresas donde el PRI, un partido claramente minoritario en la Ciudad de México, buscará imponer su control. Sería una pena que lo lograra en un proceso tan valorado por la ciudadanía activa y organizada de la Ciudad y tan importante para sus habitantes.

No obstante que ya existe un Proyecto de Constitución para la Ciudad que fue entregado por el Dr. Mancera al instalarse la Asamblea, los poderes de hecho,  frecuentemente acogidos por los partidos políticos, buscarán conservar sus privilegios y avanzar en el usufructo de la plusvalía y de los ingresos que se generan en la Ciudad. Tendremos que estar muy alertas.

El matrimonio igualitario dentro de la reconfiguración de los arreglos familiares

El matrimonio igualitario dentro de la reconfiguración de los arreglos familiares.

Clara Jusidman Rapoport

21 de septiembre 2016

Foro en el Senado de la República

Las familias son construcciones sociales que responden a los cambios económicos, sociales, culturales y políticos que ocurren con la evolución de las sociedades. Su configuración, su estructura y los roles que se asignan a sus miembros van variando de acuerdo a las necesidades que deben cubrir para estos integrantes. Es así que, por ejemplo, las familias en las sociedades feudales debían asumir una serie de funciones para la sobrevivencia de sus miembros muy distinta a las que ahora cumplen las familias en sociedades modernas, secularizadas, urbanas y más educadas en las cuales los Estados y el mercado juegan un papel importante en la cobertura de las necesidades de los seres humanos. En la actualidad por ejemplo, en nuestro país un número creciente de los miembros de las familias y de sus tiempos de trabajo deben dedicarse a la obtención de ingresos para la sobrevivencia de los grupos, reduciendo los tiempos destinados al cuidado y a la reproducción de los seres humanos.

Las personas se reúnen en familias con propósitos muy diversos. Si bien es cierto que varias lo hacen con fines de procreación y subsistencia otras privilegian la convivencia, el afecto, la protección, el cuidado o la seguridad económica actual y futura. No pocas forman familias para evitar la soledad y lo hacen particularmente en la vejez y en la juventud.

Las familias contribuyen en la construcción de los seres humanos ofreciendo medios de subsistencia, afecto, transmitiendo valores y dotando de habilidades para la vida, pero aun estas funciones tan fundamentales pueden ser compartidas por otras estructuras sociales como son las organizaciones comunitarias, las escuelas, el Estado o las empresas del mercado.

El surgimiento del Estado y del mercado redistribuyó funciones en el desarrollo de los seres humanos que anteriormente eran sólo competencia de las familias y las comunidades: la provisión de alimentos, de educación, de salud, de transporte, entre otras. Las llamadas organizaciones de la sociedad civil ofrecen ahora talleres y cursos sobre valores y habilidades para la vida.

La evolución de las sociedades desde el siglo XIX donde se inicia el reconocimiento de los derechos humanos de las personas hasta llegar a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 y a la secuela de instrumentos internacionales que derivan de la misma, introducen un cambio fundamental en las relaciones que se dan al interior de las familias entre sexos y generaciones.

Las relaciones familiares experimentan modificaciones importantes frente al reconocimiento de las mujeres como personas con igualdad de derechos y obligaciones que los varones, el reconocimiento de los niños y las niñas como personas de pleno derecho y la postulación del interés superior de la infancia, así como la aceptación de la existencia de diversidad sexual entre los seres humanos. Las relaciones de subordinación de las mujeres y los miembros jóvenes de las familias con respecto a la autoridad de los hombres sufre un vuelco al reconocerse los derechos humanos de todos y todas y la cultura machista que tanto dolor y violencia causa resultó profundamente cuestionada.

A ello se agregan varios derechos reconocidos para todo ser humano: a la igualdad, a la no discriminación, a la autodeterminación, a la libertad de creencia, a la autonomía personal, a la dignidad, a una vida libre de violencia, entre otros.

Desde mi perspectiva, la compartición de funciones que antes eran exclusivas de las familias con el Estado y el mercado, el reconocimiento de que todas las personas tenemos derechos humanos y los avances en las ciencias de la reproducción humana determinan cambios sustanciales en la configuración de las familias de principios del siglo XXl.

Al nivel del Estado  obligan a la actualización de los marcos jurídicos y de las políticas y programas públicos dirigidos a las personas y las familias. Al nivel de la vida social generan modificaciones que paulatinamente van siendo aceptadas y que rompen con concepciones rígidas que ya no se adaptan a la realidad.

Así la negativa a reconocer configuraciones familiares que no se ajustan a la concepción de la llamada familia “natural” o nuclear formada por hombre y mujer unidos por matrimonio civil y religioso y sus hijos, cuyo propósito es la procreación, está siendo controvertida por las constantes transformaciones sociales que ocurren en la realidad y que van modificando los arreglos familiares que realizan las personas para la convivencia cotidiana.

Desde la creciente presencia de familias monoparentales, familias recompuestas formadas por personas que tuvieron matrimonios o arreglos de convivencia previos, las familias extensas, las familias de parejas homosexuales,  las formadas por parientes o incluso por no parientes sólo con fines de convivencia, protección, crianza y cuidado determinan que la proporción de familias nucleares de parejas heterosexuales se vaya reduciendo  en el extenso y diverso mundo de los arreglos familiares.

Es en razón de esta realidad que se transforma permanentemente y  honrando los derechos humanos de la personas de la diversidad sexual se hace indispensable en el marco jurídico que rige nuestras relaciones sociales, económicas y políticas que el matrimonio igualitario entre parejas de igual sexo sea reconocido de manera que estas parejas puedan disfrutar de iguales derechos que las de personas heterosexuales, incluyendo la herencia, la seguridad social, la propiedad compartida de bienes e incluso la adopción.

Cossío Díaz y Orozco y Villa señalan que si bien debe establecerse que en nuestro país ”existen otras figuras- como el concubinato y la sociedad de convivencia, que pueden dar protección jurídica a las parejas homosexuales-, nos parece que sería un error no reconocer el peso que aún tiene el matrimonio como institución y mecanismo de legitimación de las relaciones sociales”

El matrimonio continúa teniendo un valor simbólico importante en el compromiso de convivencia que realizan las parejas, aunque también se observa en el país que la tasa de matrimonios de parejas heterosexuales se va reduciendo en el tiempo y la edad para contraerlo se va retrasando.

Diversos estudios realizados muestran que son las mujeres, las personas con ideología progresista, las que habitan en zonas urbanas, las personas jóvenes, las personas con mayor número de años de educación y  aquellas con mayores niveles de ingreso las que muestran mayor aceptación de los matrimonios igualitarios.

La mayor resistencia y oposición se presenta entre los hombres, las personas mayores que fueron socializadas en otras épocas, los habitantes en territorios rurales, las personas con menores grados de educación y con niveles económicos más bajos y aquellas para los cuales la religión es muy importante y acuden a reuniones de grupos religiosos.

México junto con Canadá, Argentina, Uruguay, Estados Unidos, Brasil, Chile y Colombia son los países de América donde existe mayor aceptación de la población al matrimonio entre personas del mismo sexo.

El reconocimiento de la diversidad sexual y de los derechos de la población LGTBITTT, así como del matrimonio igualitario son parte de la evolución en las relaciones sociales en una sociedad moderna, secular, con mayor educación e información y crecientemente urbana.

Referencias:

Cossío, J y L. Orozco (2016), “Reconfigurando las familias desde el derecho y el matrimonio igualitario”, Coyuntura demográfica, Núm. 10, pp- 15-23.

Lodola, G y M. Corral (2010), “Apoyo al matrimonio entre personas del mismo sexo en América Latina”, Perspectivas desde el Barómetro de las Américas, Núm. 44, disponible en http://www.vanderbilt.edu/lapop/insights/I0844.esrevised.pdf

Maldonado, A (2015), “Matrimonio entre personas del mismo sexo resuena fuertemente entre los jóvenes en las Américas”, Barómetro de la Américas: Actualidad, LAPOP, disponible en http://www.vanderbilt.edu/lapop/insights/ITB021es.pdf

 

Palabras de Clara Jusidman al recibir el Premio Nacional Benito Juárez al mérito ciudadano

Quisiera iniciar agradeciendo al Movimiento Ciudadano por haberme considerado merecedora del Premio Nacional Benito Juárez al Mérito Ciudadano por mi trayectoria. Es también un honor recibirlo con el Maestro Enrique González Pedrero quien junto con Víctor Flores Olea fueron referentes para mi generación de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Cuando Martha Tagle, Danner González  y Toño Reyes me avisaron de la decisión tomada por la Comisión Operativa Nacional del Partido realmente me sorprendieron   en razón de que una gran parte de mi actividad pública ha sido realizada fuera de la institucionalidad formal académica, política o administrativa. Es decir, dejé de pertenecer hace muchos años a cuerpos académicos y a la administración pública y me he movido con libertad en espacios muchas veces de oposición a esa institucionalidad.

Recordé que  el Movimiento Ciudadano desde su creación, optó por promover una agenda que ampliara las posibilidades de participación de la ciudadanía que no milita en partido alguno, y que además incluyera varios temas de interés de las organizaciones civiles y sociales. Más recientemente el Movimiento optó inteligentemente por incorporar entre sus candidaturas a varios ciudadanos y ciudadanas independientes reconocidos.

Recuerdo cuando alguna vez conversé con Alejandro Chanona sobre la promoción que estaban haciendo en relación con un proyecto de Ley de Participación Ciudadana que ampliara las figuras de democracia directa.

Coincidíamos en la necesidad de pasar de una democracia formal, meramente electoral, a una democracia participativa en donde los órganos del Estado pudieran regir sus actividades en base a las consultas a la ciudadanía y en el desarrollo de mecanismos de participación que permitieran  conocer las problemáticas, las necesidades y  las propuestas de la población en todo el territorio nacional.

Lamentablemente poco por no decir nada, hemos logrado en ese propósito y en cambio, el rechazo a la democracia ha avanzado especialmente entre la población joven que no vivió la experiencia de un régimen de partido único y dominante. Además, la distancia entre la clase gobernante y el pueblo es cada vez mayor y el desprestigio y la desconfianza hacia la misma, va en aumento.

Entiendo que mi actividad en la vida pública deriva de una búsqueda precisamente de que las decisiones de política gubernamental o pública, como se suele llamar ahora, sean tomadas considerando las necesidades reales y concretas que tiene la población en los diversos rincones del territorio nacional, especialmente de aquellas que no pueden atender mediante sus propios recursos la realización de sus derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos. Es decir, es una búsqueda por lo que O´Donell llama nuestro derecho al Estado, de un Estado que cumpla sus obligaciones de proteger, respetar, promover y garantizar los derechos humanos de las y los mexicanos y de todos aquellos que transitan por nuestro territorio.

En esa búsqueda  me incorporé  a trabajar en instituciones del gobierno federal, después de constatar que las posibilidades de incidir en las políticas de gobierno desde la vida académica son lentas y lejanas.

Desde el interior del Gobierno Federal me propuse generar información y algunas herramientas públicas para atender los crecientes déficitis de empleo digno mismos que eran desconsiderados en el diseño de las políticas de desarrollo de los años setenta del siglo pasado y que aún ahora, siguen siendo relegados.

Como economista que debió haber estudiado realmente sociología, tome conciencia de que el vínculo entre el desempeño de la economía y el logro del bienestar social en una economía capitalista se encontraba en la posibilidad de que el crecimiento económico se tradujera en la creación de oportunidades dignas de ocupación e ingresos para la población y que dada la dotación de factores de la producción en México el progreso social, la justicia y la igualdad sólo se lograrían si adoptábamos un modelo de desarrollo centrado en la generación de empleos y remuneraciones justas.

Lamentablemente desde hace poco más de 30 años, hemos ido caminando en el sentido contrario: no crecemos, no generamos empleos y contenemos los salarios. Atrofiamos el mecanismo distributivo más natural para una sociedad como la mexicana: la posibilidad de ofrecer oportunidades de ocupación formal para los millones de mexicanos que se han incorporado a la vida de trabajo por el famoso bono demográfico. Los lanzamos a la migración, a la informalidad, a la delincuencia, a la subocupación y a la pobreza.

Pero además hemos impedido que las familias realicen con plenitud y tranquilidad su tarea de inversión inicial en la construcción de seres humanos, su tarea de reproducción de la fuerza de trabajo, su trabajo de desarrollo de ciudadanos y ciudadanas. Agobiadas por la pobreza o por la amenaza de caer en ésta, se ven obligadas a echar mano de todos sus miembros jóvenes y adultos para realizar cualquier actividad que les genere un ingreso y por lo tanto, reducen el tiempo que pueden dedicar a los cuidados personales, a la crianza y desarrollo de la infancia y la adolescencia, así como de otros miembros en situación de vulnerabilidad como algunas personas mayores o con discapacidades. La OCDE reconoce que México es el país donde se trabaja el mayor número de horas y se reciben las remuneraciones más bajas.

Uno de los resultados para mi más dolorosos de más de treinta años de políticas económicas y sociales neoliberales es que hemos disminuido la calidad de los seres humanos que produce nuestra fábrica social. Desconsideramos el importante papel que siguen jugando las familias en la atención no sólo material, sino fundamentalmente psicoemocional y de transmisión de saberes para la vida de las personas. Aún en esto la carga fundamental sigue recayendo en las mujeres sin que se reconozca su aporte.

Si a lo anterior agregamos el insuficiente acceso y la intencionada reducción de la calidad de los servicios sociales públicos de educación, salud, vivienda, alimentación, seguridad social, seguridad pública y acceso a la justicia podremos entender la inseguridad, la desesperación, la desesperanza y la violencia en que viven millones de mexicanos y mexicanas.

No es por lo anterior gratuito que actualmente haya varias iniciativas y grupos que están trabajando en un nuevo proyecto de país o en una nueva constitución. La sensación de una sociedad sin rumbo y del riesgo de un colapso cercano es compartida por muchas y muchos.

Esperemos que estas iniciativas avancen y que logremos un consenso entre la diversidad pues hay un hartazgo frente a la falta de proyectos de los partidos políticos, frente a la lucha por el poder y los recursos que significa, frente a la corrupción y la impunidad, frente a la impericia de los gobernantes y frente a la violencia, la desigualdad y la injusticia.

Ojalá y lleguemos a tiempo.

Gracias nuevamente por este premio.