Taller Regional Gobierno-Sociedad Civil para la discusión de la relación entre el diseño de la Política Macroeconómica y la vigencia de los derechos económicos y sociales.
Presentación: Macroeconomia y Derechos económicos y sociales
El marco de los derechos humanos desarrollado por la comunidad internacional de países y plasmado en varios instrumentos legales firmados por los Estados Nacionales, define las obligaciones de éstos para la realización de los derechos humanos reconocidos como universales, interdependientes, inalienables, indivisibles y exigibles.
Las obligaciones fundamentales de los Estados son a) respetar a las personas cuando estas pueden realizar o ejercer sus derechos por sí mismas, b) proteger cuando la realización de los derechos depende de la relación entre particulares como el derecho del trabajo o el de educación o al nivel más alto de salud cuando su provisión proviene de servicios proporcionados por particulares; c) satisfacer o proveer cuando las personas no se encuentran en condiciones de cubrir por sí mismas los bienes, servicios o condiciones requeridos para la realización de los derechos.
Es decir, las personas son las titulares de derechos y los Estados son los obligados de realizarlos y de proteger que estos se realicen.
Cada Estado escoge el régimen económico y social que adopta pero debe cumplir sus obligaciones en materia de DDHH que al final significan poner en el centro de los objetivos de los regímenes seleccionados la consecución de una vida digna para todos los habitantes del país.
La macroeconomía y la orientación y manejo de las políticas que la integran (fiscal, monetaria, laboral) son instrumentos para concretar el modelo económico seleccionado por el Estado o por sus élites políticas y económicas, y por lo tanto buscan cumplir los objetivos que plantea ese modelo económico.
Se define el objetivo del modelo será el bienestar de la población y la consecución de la dignidad de todas las personas o será el desarrollo con distribución equitativa de sus beneficios o el crecimiento de la economía o la estabilidad de precios, o la competitividad, la eficiencia y la productividad, o el generar un ambiente propicio para los negocios privados. Es frecuente que en esta materia haya simulación expresándose un objetivo en el discurso pero utilizando los instrumentos de política para perseguir el verdadero propósito de las élites gobernantes.
De esta definición de objetivos deriva la intervención que se asigna en el modelo a los agentes económicos y sociales: al propio Estado, a las empresas del mercado nacionales y extranjeras, a las familias y a las personas. Así en un extremo se puede optar por un régimen de amplia participación del Estado en la economía y en la provisión de bienes y servicios públicos o en el otro de mínima participación del Estado, dejando en manos de las empresas del mercado, de las familias y de las personas la actividad económica y la satisfacción de los bienes y servicios necesarios para la vida o para la realización de sus derechos económicos y sociales.
Estos dos extremos: una máxima participación del Estado o una mínima en los social y económico tiene implicaciones en la importancia que adquieren las mencionadas tres obligaciones principales del Estado en materia de derechos humanos económicos y sociales, en las capacidades e institucionalidad que para su cumplimiento debe desarrollar éste y en la orientación que debe dar a las políticas macroeconómicas y también a las sectoriales.
De este modo, la obligación de proveer o garantizar adquiere mayor relevancia en un modelo de Estado omnipresente dado que este deberá generar y operar los bienes y servicios que atienden a los derechos de salud, educación, acceso a la alimentación y a la vivienda, al trabajo, a la seguridad social, en términos equitativos y sin discriminación. Las políticas macro fiscal y monetaria deberán entonces generar los recursos del presupuesto y asegurar la distribución del gasto de manera que el Estado pueda proveer a la población que lo requiera, los bienes y servicios necesarios para alcanzar una vida digna, deberán alentar el crédito y la inversión necesarios para la producción suficiente de bienes y servicios en la economía o propiciar las importaciones a fin de atender el bienestar de las personas.
En el otro extremo, el del Estado ausente en lo económico y lo social que sólo lleva a cabo las funciones de seguridad pública y de cuidar que las relaciones entre los agentes económicos y sociales se realicen dentro del Estado de Derecho, las obligaciones de respetar y proteger adquieren mayor relevancia.
Así el Estado no debe interferir cuando las personas y las familias por medio de sus recursos de capital y trabajo logran allegarse los bienes y servicios para realizar sus derechos humanos económicos y sociales. Tres implicaciones en política macroeconómica como ejemplos: las tasas de impuestos deben ser de tal nivel que le permitan a las personas cubrir dignamente sus requerimientos para la vida; el Estado no debe intervenir en los niveles de remuneración de los trabajadores deprimiendo sus ingresos mediante políticas de contención salarial y por el contrario debe fijar un salario mínimo legal como garantía para permitir que las personas mediante la venta de su fuerza de trabajo puedan alcanzar un ingreso digno; otro ejemplo es que el Estado no puede expropiar o sustraer de la población las tierras y recursos naturales que utilizan para su subsistencia.
Lo que me interesa destacar particularmente es la importancia que adquiere la obligación de proteger los DES en este modelo de Estado mínimo. Si la provisión de bienes y servicios para realizar los DES queda en manos de empresas del mercado como ha venido ocurriendo crecientemente o se transfiere a organizaciones de la comunidad o de la sociedad civil, el Estado tiene la obligación de asegurar la disponibilidad, calidad y asequibilidad de esos bienes y servicios en todo el territorio nacional. También debe asegurar su accesibilidad económica y física; es decir, cuidar que los precios no sean excesivos de manera que impidan a la población o a una parte de ésta poder adquirirlos y que vigilar que no se discrimine y que se trate con equidad a la población en el acceso a esos bienes y servicios.
El gasto público entonces debe orientarse al fortalecimiento y ampliación de las capacidades institucionales de regulación, vigilancia y control de calidad de la oferta privada de bienes y servicios de manera que se impida la vulneración de los derechos económicos y sociales de la población por las empresas del mercado.
Implica también vigilar que las empresas paguen salarios dignos a sus trabajadores y les garanticen condiciones justas de trabajo.
Entre estos dos extremos hay diversas combinaciones posibles.
La pregunta fundamental a responder es qué papel se quiere que juegue el Estado en la realización de los DES para que las políticas macroeconómicas que se adopten contribuyan a ello.
Lamentablemente la definición del papel del Estado Mexicano en las últimas décadas ha quedado en manos de las élites económicas y políticas que han capturado a ese Estado. Su elección no está en el cumplimiento de las obligaciones del Estado en materia de DDHH para alcanzar una vida digna de los habitantes del país y cerrar las brechas de desigualdad y discriminación, así como las situaciones de pobreza y exclusión que afectan a millones de mexicanos.
Su decisión está en utilizar los recursos y los bienes públicos para incrementar el poder y la acumulación de riqueza de los pocos que forman parte de esas élites. Los niveles alcanzados de corrupción y apropiación privada de recursos públicos es alarmante y las denuncias al respecto ocupan las primeras planas de los noticieros y prensa escrita. La codicia y el cinismo parecen caracterizar a las élites gobernantes de todos los partidos políticos. Las mediaciones del Estado por tanto entre ricos y pobres han estado desde hace varias décadas en favor de los ricos y en beneficio de la clase política a costa de la subordinación y control de las poblaciones pobres mediante programas asistencialistas.
Una evidencia de lo anterior es la decisión adoptada por la actual administración de no continuar suscribiendo convenios y pactos en materia de derechos humanos y de tramitar por la vía amistosa las observaciones y recomendaciones que en relación con la vulneración de DDHH ha recibido el Estado Mexicano por parte de las instancias regionales e internacionales que vigilan el cumplimiento de los instrumentos (pactos y convenios).
Otros ejemplos son el retraso en el Senado en la aprobación del Protocolo Facultativo del PIDESC y del Convenio 189 de la OIT que protege los derechos de las trabajadoras domésticas. La negación del Gobierno Mexicano de actualizar el deplorable nivel de los salarios mínimos legales que viene cayendo desde hace cerca de 40 años, ejemplifica de qué lado se ha colocado el Estado en esas décadas al permitir que sea el capital el que acumule las ganancias de los incrementos de la productividad durante ese tiempo. Además para las autoridades hacendarias el aumento del salario mínimo es inflacionario, no así los aumentos sistemáticos de la gasolina, la electricidad y el gas.
Hay varias otras obligaciones de los Estados en materia de derechos humanos como las de transparencia y rendición de cuentas, la de participación de la población, la de no discriminación en la prestación de servicios públicos, la de información, la de desarrollo de mecanismos de queja, de exigibilidad y de justiciabilidad, la definición de sanciones a los servidores públicos que vulneren los DDHH.
Una última observación desde hace al menos 35 años el modelo económico del país y las políticas macroeconómicas son decididas por el Banco de México y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Se trata de las dos agencias gubernamentales que menos relación y contacto tienen con los problemas y los dolores de la población. Por el contrario, la Secretaría de Hacienda considera a las personas como contribuyentes y posibles evasores o delincuentes y su papel es el de exigirles el pago puntual de impuestos (mediante tecnologías de la información que poco se compadecen de los niveles de conocimiento de los contribuyentes), y perseguir a quienes no pagan.
Me parece que resulta iluso pensar que esas dos instituciones quieran siquiera asomarse a lo que significaría la gestión de las políticas macroeconómicas del país con un enfoque de derechos humanos.
A la definición y manejo de las políticas macroeconómicas se suma el poder que ejerce la SHCP sobre las secretarias que supuestamente diseñan y operan los programas sectoriales y especiales y por lo tanto, proveen bienes y servicios públicos que permiten la realización de varios de los DES. La rigidez en el manejo del presupuesto, la falta de oportunidad en su entrega y la burocratización de su ejercicio conllevan a subejercicios en programas importantes para el bienestar de la población.
Si queremos gobiernos que cumplan con sus obligaciones en materia de derechos humanos y orienten las políticas macroeconómicas para apoyar su realización, tendríamos que repensar al Estado y convertirlo en un Estado con poderes representativos que pongan en el centro del proyecto nacional el bienestar de la población y no el beneficio de quienes manejan a las instituciones estatales.